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La Polymita recibe máxima protección por una convención internacional

La especie endémica cubana Polymita está considerada como joya de la naturaleza mundial por la belleza de sus conchas

Autor:

Juventud Rebelde

La Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora Silvestre (CITES) acordó incluir en su Apéndice I el género Polymita para su protección contra la explotación excesiva mediante el comercio internacional.

La decisión entrará en vigor el próximo dos de enero, lo cual conllevará medidas severas para los traficantes de esta especie, explicó José Alberto Álvarez Lemus, especialistas de la Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear (ORASEN).

Cuba había presentado una proposición en ese sentido en la XVII Conferencia de las Partes de CITES, efectuada recientemente en Johannesburgo, Sudáfrica, según reportó la Agencia Cubana de Noticias. La sugerencia sobre el particular constituyó una iniciativa, entre otros, de la Facultad de Biología y el Museo Felipe Poey, de la Universidad de La Habana; la Fundación Antonio Núñez Jiménez de la Naturaleza y el Hombre, así como el Centro de Inspección y Control Ambiental de la ORASEN, que funge como autoridad administrativa de la CITES en Cuba.

Los Apéndices I, II y III de la CITES, que es administrada por el Programa de la ONU para el Medio Ambiente, son listas de especies que ofrecen varios niveles y tipos de protección ante la explotación excesiva.

Polymita es un género endémico, restringido a ciertas áreas de la región oriental de Cuba e incluye únicamente seis especies. Son consideradas joyas de la naturaleza mundial por su gran polimorfismo, brillantez y diversidad de patrones de bandas de colores en su concha, por lo cual han sido reconocidas por muchos malacólogos como las conchas más bellamente coloreadas del mundo. Tales atributos han motivado una gran demanda por coleccionistas y para otros usos.

Una resolución del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente las declaró especies de especial significado de la República de Cuba con la protección máxima y prohibida la exportación, la extracción del medio y cualquier forma de comercio.

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