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Las notas de un expediente

«Once años de trámites». Así titulamos el 8 de septiembre de 2009 el caso de Rosa María Corona Camejo (Barreto No. 325, entre San Andrés y San Juan Bosco, Guanabacoa, Ciudad de La Habana).

Contaba Rosa María que en 1997 la empresa METROTEX, de la Industria Ligera, les había otorgado —a ella y a otros trabajadores de la entidad— un inmueble que había tenido otras funciones, para que lo adaptaran como viviendas.

Y afirmaba que desde 1998 andaba en gestiones para legalizar el domicilio en la Dirección Municipal de Vivienda de Guanabacoa. A tal extremo que el cuarto expediente lo había entregado en la referida institución el 7 de julio de 2006.

Entonces le informaron que tardarían 30 días en darle la Resolución conclusiva. Pero en el momento de escribirnos seguía dando tumbos. Y exigía un poco más de respeto.

A propósito nos escribe Luis Darío Matos González, máxima autoridad de la Dirección Municipal de la Vivienda (DMV) en Guanabacoa. Aclara Luis Darío que la resolución expedida por el Ministerio de la Industria Ligera mediante la cual se desafecta el local que luego Rosa María y otros empleados convirtieron en viviendas, data de 2001.

También explica el funcionario que la remitente realizó acciones constructivas de adaptación del espacio sin la requerida Licencia de Construcción, de ahí que se abriera un expediente de Convalidación en la Unidad Municipal Inversionista de la Vivienda (UMIV).

Una vez convalidados los cambios, se traslada el expediente para la DMV, para que, por los pasos correspondientes, se le otorgara a la capitalina su propiedad. A ese fin se abrió el expediente 1640/06.

Al momento de dictar la resolución —narra el funcionario— nuestra dirección recibió la queja establecida por una vecina de Rosa María por la afectación que le causaba una ventana de aquella. El expediente quedó entonces paralizado y se trasladó nuevamente a la UMIV para que se dirimiera el asunto.

De hecho, la vecina de Rosa María llegó a establecer proceso legal en contra de ella, el cual se resolvió finalmente por el Tribunal Popular Municipal mediante la sentencia No. 71 del 2008, a favor de Rosa María.

Luego de esta contienda legal, debió la lectora «promover de nuevo su expediente de convalidación, trámite que intentó realizar sin ser orientada adecuadamente en el Consejo Popular, en la UMIV, ni en la DMV, por funcionarios que desconocían las características del caso».

En entrevista sostenida con la Subdirectora Jurídica de la DMV de Guanabacoa —narra Luis Darío— la funcionaria le explicó cómo estaban establecidas las gestiones imprescindibles en una situación como la suya. Se inició entonces otro expediente el 14 de septiembre de 2009 y el 22 de octubre se resolvió el caso.

«Reiteramos nuestras disculpas por las vicisitudes atravesadas por la ciudadana, teniendo en cuenta que la UMIV en su momento no le dio la solución correcta», apunta finalmente el Director.

A nuestra gratitud por la respuesta, quisiéramos sumar algunos comentarios. Hubiera sido muy útil que se esclareciera lo referido a los cuatro expedientes que —hasta el 2006— decía haber iniciado la remitente.

También queda la duda sobre si se tomaron o no medidas disciplinarias con los responsables de la incorrecta orientación. Las sanciones no son la solución definitiva de las irresponsabilidades; pero no se puede negar que constituyen un instrumento insoslayable de control y respeto al público.

En cuanto a Rosa María, resultan muy reprochables las omisiones e imprecisiones en su misiva. En la docena de años que lleva Acuse «desfaciendo» entuertos, una premisa indispensable ha sido caminar con la verdad en la mano. Lo contrario mancilla el diálogo honesto y generoso al que aspiramos.

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