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La respuesta de los 46 000

Cuando se omitan o falseen datos, la terca verdad se abrirá paso. Y para entrar en el debate público no se pueden vender simulacros. Así lo demuestra la respuesta al caso remitido a esta sección por la capitalina Magalys Pelegrín Reyes (calle 5ta., bloque 14, apto. 1, Las Guásimas, Arroyo Naranjo). En realidad «la mordida» de 46 000 pesos que  denunciaba aquí por parte de la Empresa Eléctrica la estaba propinando ella con un fraude eléctrico.

Narraba Magalys que la referida institución la acusaba a ella y a los suyos, injustamente, de haber manipulado el metrocontador de su vivienda para pagar menos de la energía que en verdad consumen.

Relataba la capitalina —cuya carta publicamos aquí el pasado 6 de enero— que hasta su casa había llegado un inspector para cortarle el servicio eléctrico, supuestamente a causa de una violación de ella. Antes, alegaba la remitente que el inspector se había valido de una estratagema para que ella firmara un documento que, según él expresó, representaba la carga eléctrica de su casa.

Refería la lectora que se alarmó ante los argumentos expuestos por el representante institucional y defendió su inocencia y la de su familia. El empleado, contaba, llegó a decirle que se ahorraba todo el trámite si le entregaba a él la cifra de 200 CUC. Ella afirmaba haberse negado a pagar un solo centavo y evocaba que desde entonces había atravesado lo que parecía una larga y cruenta batalla contra la empresa eléctrica, que, según sus palabras, la había mantenido —al momento de escribirnos— por un año y 25 días sin corriente eléctrica.

«He escrito a todos los organismos competentes», sostenía Magalys. Y añadía: «Todos responden lo mismo: que espere respuesta del Minbas, que mi caso fue pasado para ese ministerio. Pero a ese ministerio fue el primero al que escribí y nunca obtuve respuesta».

A su carta anexaba varias misivas de representantes de organizaciones políticas y de masas de la localidad que refrendaban la integridad ética y revolucionaria de esta mujer y los suyos.

A propósito de esta situación, responde Ricardo Mangana Pérez, director general de la Empresa Eléctrica en La Habana (EELH). Narra el directivo que la vivienda de Magalys, donde existe una cafetería de la que ella nunca habló en su misiva al diario, fue visitada por dos inspectores de la empresa el 4 de noviembre de 2013.

Luego de una estancia en el lugar y la observación de los equipos eléctricos más visibles, los inspectores le solicitan a la residente la factura del último pago del servicio y se dan cuenta de que algo no encajaba bien. Saltaba a la vista la incongruencia.

«Al revisarse el metrocontador de la electricidad, se detecta por los inspectores que este muestra señales de haber sido manipulado, al no tener sello de laboratorio, presentar marcas y el último dígito rayado, común característica cuando se trata de correr hacia atrás la lectura», apunta el funcionario.

Los dos empleados se retiran a la sucursal donde se paga la electricidad y «comprueban en el registro de los consumidos facturados al cliente un año hacia atrás que no guardan correspondencia con los equipos eléctricos observados. Se comprueba además que en solo siete días tiene consumidos 446 kWh, mientras que el consumo promedio mensual que se le ha facturado es de 441 kWh, o sea, inferior a lo real consumido en una semana», detalla el ejecutivo.

Y añade: «Por este motivo uno de los inspectores al día siguiente regresa al lugar, le explica a la clienta el fraude detectado, solicita revisar los equipos existentes, confecciona el expediente del fraude, impone la multa de 500 pesos establecida en el Decreto No. 260 y le explica que debe presentarse al siguiente día en las oficinas de la sucursal de Managua».

Incluye en su misiva Mangana Pérez la lista detallada de los equipos existentes en la casa de la reclamante, considerados en el expediente del fraude (firmado por ella) y su carga instalada. Entre ellos destacan: un horno eléctrico de 14,5 amperes (carga instalada de 765 kWh); un split (420); un aire acondicionado (298); un freezer (60); tres refrigeradores (180); tres ollas arroceras (36); dos lámparas de techo (36)… Estos equipos más los no mencionados suman una carga eléctrica instalada de 1 932 kWh.

«Esta carga, considerándola un año hacia atrás para la recuperación de la energía, representa 23 184 kWh que debieron facturarse como consumo, y el consumo real que le fue facturado fue de 5 294 kWh», razona el funcionario. La diferencia entre estas cifras, distribuida en 12 meses y medida con las tarifas actuales, da como resultado el monto de 46 085,65 pesos, por concepto de recuperación de la energía que fue sustraida.

«Así le fue ratificado a Magalys al presentarse en la sucursal y entonces establece su primera reclamación ante el Director de la OBE municipal (…). También la clienta se presenta en las oficinas de la Unión Eléctrica, donde el funcionario de Atención a la Población de la Dirección de Seguridad, Inspección y Auditoría le ratifica que debe presentar su reclamación ante el Director del municipio», aclara Mangana.

La reclamación —argumenta— se revisa de conjunto por las autoridades correspondientes de la empresa a nivel de municipio y provincia. Es designada otra pareja de inspectores provinciales que revisan el caso en su totalidad, y mediante resolución de fecha 21 de noviembre de 2013, se declara sin lugar el reclamo de la clienta. Se mantiene la multa.

Magalys se niega a establecer convenio para el pago. Se procede entonces al corte del servicio como regula la ley 1287, apunta el ejecutivo. «Es importante señalar que en la reclamación presentada en ese entonces ante el Director del municipio, una vez detectada la contravención, no denuncia, ni detalla en momento alguno, que los actuantes realizaran alguna acción de extorsión», expresa.

A finales de 2013, se presenta nuevamente la clienta en la UNE; la atienden dos funcionarios, vuelven a revisar el caso, no detectan violaciones de los procedimientos y así se lo informan en visita del Jefe de Inspección Nacional a su casa, especifica el Director.

El 31 de diciembre Magalys se presenta en la Unidad de la Policía y denuncia al inspector que confeccionó el expediente del fraude de que este le había pedido 200 CUC para dejar «resuelto» el problema. Por tal motivo, el trabajador fue instruido de cargos, rememora el directivo.

Siguen reclamos de la clienta a distintas instancias, organizaciones, medios de prensa. Y en todos se le ratifica lo establecido ya para su caso. El 9 de julio se efectúa, en el Tribunal Provincial Popular de La Habana, el juicio contra el inspector acusado y este sale absuelto. (Sentencia No. 147 de 2014), comunica Mengana.

Reseña con extensión el funcionario todos los reclamos posteriores de Magalys, y la atención que le dio a cada uno. Ella se ha negado todo el tiempo a firmar convenio del pago de la multa y se ha mantenido, por ende, sin servicio. Las evidencias de la resolución del caso se encuentran archivadas en el expediente No. 17-1551-Q-C, de la Oficina de Gestión al Cliente de la Empresa Eléctrica Provincial.

Agradezco la rigurosa respuesta de Ricardo Mangana Pérez. Acuse es y seguirá siendo un espacio de diálogo abierto, crítico, pero sobre todo sincero, entre ciudadanos y representantes de instituciones en aras de lograr el mayor bienestar colectivo.

Del Decreto Ley 260 del Consejo de Ministros, aprobado el 9 de diciembre de 1998

Artículo 1. Contravienen las regulaciones del servicio eléctrico y, en consecuencia serán susceptibles de la imposición de una multa y de las demás medidas que en cada caso se señala, el que:

a) Manipule, cambie o altere el equipo de medida y la acometida del servicio, impidiendo el funcionamiento correcto del referido equipo y el paso libre por este de toda la energía consumida (500 pesos y el retiro del servicio por 72 horas).

b) En caso de reincidencia del inciso anterior, tanto de la comisión del fraude como la reconexión del infractor, la multa a imponer será de mil pesos y el retiro del servicio por 15 días.

c) Impida la lectura del equipo de medida (metro contador), dañe intencionalmente dicho equipo o su gabinete, o lo cambie de lugar conjuntamente o no con la acometida del servicio (500 pesos);

d) Se conecte ilegalmente a instalación ajena (tendederas) o permita que se conecte de la propia (300 pesos y la obligación de retirar la instalación ilegal;

e) Facilite la energía eléctrica a una vivienda que haya incurrido en fraude de electricidad (500 pesos y la obligación de retirar el servicio);

f) Restablezca de cualquier forma el servicio eléctrico que le haya sido previamente desconectado por falta del pago del mismo (100 pesos y el retiro del servicio hasta que se abone el adeudo).

Artículo 2: Con independencia de la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 1, el infractor estará obligado al pago retroactivo de la energía eléctrica sustraída hasta 1 año. En el caso de reincidencia reiterada e incorregible de las contravenciones establecidas en el artículo anterior el servicio eléctrico podrá ser retirado por un período de hasta 6 meses.

Artículo 4: Las autoridades facultades para comprobar la comisión de las contravenciones previstas en este Decreto y para imponer las multas y establecer las medidas correspondientes, serán los inspectores estatales eléctricos designados por el Ministerio de la Industria Básica.

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