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Notificaciones en tiempo, aunque con otras demoras

Nueve meses esperando una respuesta. Así estuvo la matancera Dayami Medina Rodríguez (calle Enrique Creci No. 51, entre Cosme de la Torriente y Sánchez Figuera, Agramonte, Jagüey Grande) al momento de escribirnos. Y durante ese tiempo, afirmaba, sin trabajo y sin salario.

En su carta, publicada aquí el 10 de noviembre de 2014, narraba Dayami que había sido víctima de una medida disciplinaria notificada de forma extemporánea, tras la cual había entregado reclamación a la Asamblea Provincial del Poder Popular el 13 de diciembre de 2013.

La matancera se desempeñaba como administradora de la farmacia René Fraga, del central azucarero homónimo, en el municipio de Colón. En los momentos en que llamó a la Asamblea Provincial para interesarse por su caso le argumentaron que había un solo jurídico para atender los problemas laborales de toda la provincia, relataba.

Al respecto contesta Tania León Silveira, presidenta del Poder Popular en Matanzas. En su carta —fechada el 14 de noviembre, y recibida en JR el 17 de diciembre de 2014— comienza Tania reconociendo que le asiste razón a la ex administradora en cuanto a la entrega de su reclamación en la fecha indicada y a la posterior demora en ser atendida.

En la provincia, ante dificultades evidentes, se han venido tomando medidas para fortalecer los mecanismos de atención a la población en las distintas instancias, expresa la Presidenta provincial, pero ninguna razón justifica tanta demora en la definición del caso y la respuesta a la compañera.

A continuación la dirigente matancera narra los pormenores del asunto: «La anterior administradora del Centro Químico Dispensarial (CQD) de la UEB Colón, de la Empresa Provincial de Farmacias y Ópticas de Matanzas (…), fue detenida en la estación de la Policía Nacional Revolucionaria de esa localidad, al haber sustraído de dicho centro y apropiarse para su beneficio personal la cantidad de 20 litros de alcohol natural de 95 grados que era transportada por la vía pública sin documentación por su yerno. Al ser citada para comparecer allí y conocer que su yerno estaba detenido con el alcohol, presentó una factura por el producto con destino hacia la farmacia René Fraga, justificante de su traslado. Luego se comprobó que la factura era falsa».

Posteriormente, la mencionada administradora confesaría que «había enviado el traslado del producto (alcohol alcanforado al diez por ciento) y el efectivo a la administradora de la Farmacia René Fraga (Dayami Medina Rodríguez)».

Un día después de la detención de la Administradora del CQD de Colón, se detecta en la Farmacia René Fraga que su máxima directiva, Dayami Medina, poseía un sobre contentivo de dinero en efectivo, rememora la Presidenta del Poder Popular.

Entonces ella declaró a los miembros de la comisión que investigaban del robo que tal dinero «correspondía a una producción de fricciones analgésicas y a otra de alcohol alcanforado al 10 por ciento vendidas en esa unidad que la Administradora (del CQD) le había enviado… Declaró que no los había depositado en el banco porque le faltaba recibir el documento de traslado de estos y de una producción del mismo alcohol alcanforado en la cantidad de 336 frascos de 60 mililitros cada uno»…, apunta la dirigente matancera.

Y añade: «Pudo comprobarse que Dayami no tenía el informe de recepción de las dos producciones supuestamente vendidas, no las había asentado en las tarjetas de estiba, ni contaba con los vales de la venta supuestamente realizada de esa gran cantidad de productos en tan pocos días a los clientes de la farmacia René Fraga».

No le asiste razón a la demandante para plantear que la medida disciplinaria en su contra le fue notificada de forma extemporánea —argumenta la Presidenta—, pues en el Decreto-Ley 197, modificado por el DL-251 se consigna: «La acción para imponer la medida disciplinaria a un dirigente o funcionario prescribe por el transcurso de tres años naturales, contados a partir de la fecha en que se conoció la ocurrencia de la infracción, sin haberse iniciado procedimiento disciplinario contra el mismo durante ese tiempo».

En el caso que nos ocupa, la medida —separación definitiva de su puesto— fue informada a menos de 90 días de la ocurrencia del hecho por el Director de Farmacias y Ópticas de Matanzas, sostiene la dirigente. Tampoco es cierto lo que alguien supuestamente le dijo a Dayami de que existía solo un jurídico en la provincia para atender los problemas laborales, expresa.

«Para nosotros es lamentable que una mujer cubana, con más de diez años de servicio en la actividad de farmacia, con amplios conocimientos de la actividad de administración de recursos del Estado, lleve nueve meses sin trabajar, ya que desde que le fue notificada la separación definitiva se encuentra sin vínculo laboral, por tanto sin devengar salario, aspecto que le corresponde a ella gestionar y no a la empresa ni al Gobierno, lo que refleja un débil asesoramiento o puede estar vinculado a una decisión personal de no incorporarse hasta que no concluyera el proceso de su apelación», señala León Silveira.

El 14 de noviembre pasado, finalmente, le fue notificada a Dayami la resolución que declaraba Sin Lugar su apelación. Ella, entrevistada en presencia de la administradora del CQD de Colón, reconoció los hechos y solamente arguyó que consideraba muy severa la medida, evoca la dirigente.

Agradezco mucho la detallada respuesta de la Presidenta del Poder Popular en Matanzas. Hubiese sido oportuno que también se explicara qué medida disciplinaria se adoptó con los responsables directos de que a la ex administradora no se le diera respuesta y atención en más de nueve meses.

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