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Acuerdan servicio a domicilio del SAF

Como respuesta a una sugerencia de esta sección, el Consejo de la Administración Provincial de La Habana, en su Acuerdo 394 de 2015, orientó que la Empresa Provincial de Gastronomía, de conjunto con la Dirección de Trabajo, organice la atención individualizada a las personas protegidas por el Sistema de Atención a la Familia (SAF), que requieran que se les garantice la alimentación en su propio hogar.

Lo anterior lo informa en carta a esta sección Inés Álvarez Guerra, directora de la Empresa Provincial de Gastronomía de la capital, quien manifiesta que esa entidad implementa acciones, creando a nivel de ciudad 130 plazas de dependiente transportador de alimento, para llevar a los hogares de los encamados, discapacitados y otros que, por sus limitaciones, no pueden trasladarse a las unidades comedores que abarca ese programa, la comida que garantiza el SAF a precios subsidiados.

Inés refiere que ese acuerdo ya se está cumpliendo en la práctica sin dificultades. Y vale señalar que tal reconsideración es el fruto de un largo seguimiento del tema, tan sensible en esta columna, a lo largo de 2015.

Todo comenzó el 13 de enero del presente año, cuando Jesús Rodríguez Vega, desde el reparto Chibás, del municipio capitalino de Guanabacoa, censuraba aquí el hecho de que el SAF no permitía que los ancianos y personas vulnerables protegidos en sus comedores fueran a los mismos una sola vez al día a buscar almuerzo y comida, para ahorrarse molestias bajo el sol o la lluvia, con muletas, bastones, sillas de ruedas, o haciendo malabares físicos para completar tantos viajes.

Y el 18 de junio, con tardanza de más de cinco meses, respondía Felipe González, especialista principal de la Empresa Provincial de Gastronomía, citando el acápite 5 de la Resolución 40 de 2007 del Ministerio de Comercio Interior:

«Las unidades del SAF deben promover que los censados efectúen la alimentación en la propia unidad, en aras de brindar mejor calidad en el servicio, y asegurarnos que sea efectivo el consumo, lo que contribuye a propiciar la actividad social y mejorar la calidad de vida de los censados».

Pero este redactor afirmaba al respecto:

«La respuesta a la inquietud de un ciudadano, que puede ser la de muchos, no debe ceñirse a citar mecánicamente una resolución de 2007 que, dicho sea de paso, no es una norma vitalicia, sino que puede modificarse con los criterios que la misma vida arroje.

«No conozco si en 2007, para aprobar la misma, se consultó antes con los mismos beneficiarios. Pero si la terca vida dicta reconsideraciones, ¿por qué no hacerlas? Hay comensales y comensales en esos comedores. Si bien lo ideal es que consuman los alimentos allí, ello no quiere decir que se cierre la normativa a considerar excepciones, como los ancianos e impedidos físicos que tienen dificultades para trasladarse, y pueden adquirir sus dos comidas de una vez, porque tienen capacidad de refrigeración en sus hogares.

«La flexibilización es una asignatura pendiente en nuestra sociedad, para evitar miradas globales y drásticas, que solo ven lo estándar. La visión puntual de cada caso es vital en materia de situaciones sociales, en un país que registra un vertiginoso envejecimiento demográfico».

Y concluía este servidor sugiriendo que «por medio del SAF, se cree también el servicio a domicilio a los ancianos que lo requieran. Solo hacen falta mensajeros, bicicletas y cantinas. Y voluntad de corazón».

Agradezco la respuesta de la directora de la Empresa Provincial de Gastronomía, y especialmente que el Consejo de la Administración Provincial haya tomado cartas en el asunto, con sentido dialéctico y rectificador, a partir de las sugerencias de esta columna, para bienestar y tranquilidad de las personas que se benefician con ese Acuerdo 394.

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