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La condición de Doralbis

Tres veces le ha sido negada la condición de madre cuidadora a la santiaguera Doralbis Cabrales Ramos (Calle 29 No. 42 A, entre 26 y 30, reparto Cabrera, Contramaestre). Su niño, Jesús Estrada Cabrales, desde que nació ha sido diagnosticado con un rosario de enfermedades y padecimientos, cuya sola enumeración eriza: epilepsia generalizada, retraso mental severo, síndrome de West, síndrome epileptiforme, espectro autista, miopía elevada, descontrol de esfínteres… En fin, que es absolutamente dependiente, y por ello, narra la mamá, ella no pudo incorporarse a laborar al concluir su licencia de maternidad.

Después —evoca Doralbis— le aprobaron dos años de licencia sin sueldo para el cuidado y rehabilitación del bebé, período en el cual se le comenzó a tramitar la condición de madre cuidadora. Pero ese estatus y la ayuda material que significa no le han sido otorgados bajo la razón de que «el padre de los niños es familiar obligado y tiene que hacerse responsable de la manutención. En cuanto a mí, se me reconocen los años de servicio en el expediente laboral para una posible jubilación sin remuneración económica», apunta la remitente.

El papá de los niños de la santiaguera, entre ellos el enfermo, se desempeñaba como gestor de Acopio, pero perdió su vínculo laboral a raíz de los problemas del pequeño Jesús. En estos momentos, relata la mamá, se encuentra «realizando trabajos por su cuenta para sostener las necesidades familiares, fundamentalmente de alimentación, que en el caso del niño es especial».

La mujer se pregunta entonces si esta condición de familiar obligado del papá significa que él ha de mantenerlos a ella y sus hijos de por vida, en circunstancias además de carencias crecientes y múltiples necesidades.

Su preocupación —sostiene— la ha hecho llegar a las distintas instancias de Trabajo y Seguridad Social; también al Gobierno provincial y municipal, pero las respuestas han sido negativas o difusas.

Como hemos dicho en otras ocasiones, en el sistema social cubano se ha defendido como principio que cada caso debe evaluarse en su singularidad, más allá de las normativas generales que regulen los procesos. ¿Ha sido valorado este con esa óptica? ¿Qué pueden hacer y esperar las madres que se hallen en situación como la de Doralbis para aligerar el ya tristísimo e irreversible peso que la vida les deparó?

¿Refrescos secuestrados?

La preocupación de Ricardo Morales Fernández (Castillo No. 121, entre Monte y Santa Rosa) puede ser la de muchos cubanos. Ha observado este capitalino que, casi «por arte de magia», con mucha frecuencia en las tiendas han desaparecido los refrescos de lata a 0.50 CUC o diez CUP. Sin embargo, no faltan en los negocios privados por cuenta propia, por supuesto, a un precio que recarga el ya elevado anterior.

Lo más lamentable, apunta el habanero, es que «una vez más, nadie sabe nada, nadie explica nada, a nadie le importan nada de estas misteriosas desapariciones», o al menos esa es la sensación que experimenta el ciudadano necesitado cuando llega a los establecimientos y no está el producto.

¿Qué pueden decir al respecto las entidades y organismos responsables? La ciudadanía tiene derecho a saber el porqué de los asuntos.

Esperemos que las respuestas no desaparezcan como las refrescantes laticas.

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