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Nada puede hacerse, dice Vivienda cienfueguera

Como desaparecido por arte de maligna magia, sentía la cienfueguera Zoraida Morales Leyva (Coronel Rodríguez No. 3A, entre Rafael Cabrera y Esquerra, Rodas) que había terminado su dinero. Y a que le explicaran y a recuperarlo dedicaba sus energías, según narró aquí el 14 de marzo pasado. Evocaba la remitente que, de octubre de 1987 a febrero de 1991, le habían sido descontadas mensualidades de $43.99 de su salario, para pagar su casa, a partir de un proceso en el que había sido embargada por la Dirección Municipal de Vivienda (DMV).

Posteriormente supo la lectora que sus contribuciones no habían ido a parar al BPA y, desde entonces, ninguna entidad respondía por ese capital. Aludía a indagaciones en entidades bancarias, de Vivienda y de Educación, donde laboraba.

La mujer refería haber designado a un abogado y que este ejecutó varios trámites y, finalmente, le informó a ella, fuera de término, un fallo a favor de Vivienda. Adjuntaba a su carta una, de marzo de 2003, en la que Feliberto González Pérez, jefe del Departamento de Contabilidad de la Dirección Municipal de Educación (DME) en Rodas, hacía constar que «a la compañera Zoraida Morales Leyva, trabajadora del Mined de Rodas, se le descontó por embargo de la vivienda, a partir de octubre de 1987 y hasta febrero del 91, todas estas mensualidades».

A propósito responde Mirna Viñales Viñales, directora de la Dirección Provincial de Vivienda (DPV) en Cienfuegos. Apunta Mirna que se entrevistaron en la DPV con la promovente el 29 de marzo del presente año. Además, fueron revisados cuidadosamente los expedientes gubernativos que se archivan del caso en la DMV de Rodas.

«Con fecha 5/10/87 consta de oficio el embargo de la DMV de Rodas a la DME (…), por 180 meses, lo que realmente se contradice con el procedimiento previsto, ya que bastaba con la resolución para que se dirigiera (Zoraida) al Banco sin necesidad de disponer del embargo», apunta la funcionaria.

También consta entre los documentos analizados el expediente 164/03, detalla la directiva, «promovido por el abogado Raudel Vega Gutiérrez, del Bufete Colectivo de Rodas, a nombre y en representación de Zoraida Morales, (…) alegando el pago doble desde el año 1987 hasta 1991, por concepto de transferencia, y que al concurrir al Banco no se tuvieron en cuenta, aportando para ello un documento de Feliberto González (…), sin fecha, que a pesar de ser la única prueba de rigor y estar escrito a máquina, presentaba deficiencias gramaticales y de enmienda en letras, que impedían descifrar lo escrito, y que para nada tiene que ver con el que se le aporta al periódico y que recuperamos con la entrevista a Zoraida».

La DMV, mediante Resolución 384/03, de fecha 26/06/03, «declaró “sin lugar” la reclamación interpuesta, por no haber quedado probado que el ingreso de 1 671.62 se hizo al presupuesto, mediante la cual se le advierte que tiene 30 días para concurrir al Tribunal Popular Provincial, en caso de inconformidad», precisa la Directora.

«Al revisar la diligencia de notificación, de fecha 17 de septiembre de 2003, se aprecia que se le hizo al licenciado Aurelio Castillo Álvarez, que, según la propia Zoraida, (…) le hizo llegar la referida resolución (384/03) sin explicación alguna», señala.

Al ver que su reclamación había sido declarada sin lugar, la mujer se remitió a la DMV, y esta a la DPV, «y se le aclaró que ya no se podía hacer nada» por estar fuera de término. Ella alegó que el licenciado Aurelio le había entregado fuera de plazo.

En el final de la respuesta expresa que las oportunidades de reclamación de la cienfueguera se perdieron en su momento y contra lo ya dictaminado y comunicado a la reclamante en aquel entonces, por lo que no se puede hacer nada.

Agradezco la respuesta. Casi sin espacio hago brevísimo apunte: si la Resolución 384/03 es de 26 de junio de aquel año y la diligencia de notificación se le hizo al licenciado Aurelio Castillo el 17 de septiembre, ¿no estaba vencido ya el plazo de 30 días para la reclamación? Si la afectada pudiera probar que, en efecto, le llegó sin tiempo la declaración de sin lugar, ¿no habría forma alguna de que se revirtiera el proceso? ¿O ya con el paso de los años esto resulta totalmente imposible?

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