Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

De la Constitución

CAPÍTULO I - FUNDAMENTOS POLÍTICOS, SOCIALES Y ECONÓMICOS DEL ESTADO

ARTÍCULO 12. La República de Cuba hace suyos los principios antimperialistas e internacionalistas, y

a) ratifica su aspiración de paz digna, verdadera y válida para todos los Estados, grandes y pequeños, débiles y poderosos, asentada en el respeto a la independencia y soberanía de los pueblos y el derecho a la autodeterminación;

b) funda sus relaciones internacionales en los principios de igualdad de derechos, libre determinación de los pueblos, integridad territorial, independencia de los Estados, la cooperación internacional en beneficio e interés mutuo y equitativo, el arreglo pacifico de controversias en pie de igualdad y respeto y los demás principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros tratados internacionales de los cuales Cuba sea parte.

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