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Designa el Consejo de Estado integrantes de la Comisión Electoral Nacional

Autor:

Juventud Rebelde

REPÚBLICA DE CUBACONSEJO DE ESTADOPRESIDENCIA

RAÚL CASTRO RUZ, Primer Vicepresidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 94 de la Constitución.

HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Mediante Acuerdo del Consejo de Estado, de 9 de julio de 2007 se ha convocado a los electores de la República para las Elecciones Generales que se efectuarán para elegir a los delegados a las Asambleas Municipales y a los delegados a las Asambleas Provinciales y diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

POR CUANTO: La Ley No.72, de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en su Artículo 21 dispone que una vez librada la Convocatoria a Elecciones, el Consejo de Estado designa a la Comisión Electoral Nacional, y acuerda también el término en que deben designarse y constituirse las comisiones electorales provinciales, municipales, de distritos y de circunscripciones.

POR CUANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas, adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO: Designar para integrar la Comisión Electoral Nacional a los siguientes compañeras y compañeros:

Presidenta: María Esther Reus González

Vicepresidente: Rubén Pérez Rodríguez

Secretario: Tomás Amarán Díaz.

Vocales: Juan Aizpúrua Rodríguez, Miguel Pérez Martín, Coronel Leonides Rodríguez Rojas, Manuel Ríos Medina; Guido Urrutia Valdés, Gisela Bell Heredia, Arnel Medina Cuenca, Juan Mendoza Díaz, José L. Flores del Sol, Mayra Díaz García, Miguel Lara Giner, Reinaldo Montero de Miranda, Teniente Coronel Julio A. Torres García y Minerva Valdés Temprana.

SEGUNDO: Los integrantes de la Comisión Electoral Nacional tomarán posesión de sus cargos ante el Secretario del Consejo de Estado el día diez de julio de 2007.

TERCERO: Una vez constituida, la Comisión Electoral Nacional, dispondrá que entre el 13 y el 22 de julio se designen y constituyan las comisiones electorales en los distintos niveles territoriales.

CUARTO: Notifíquese este Acuerdo a los designados, comuníquese a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda y publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los nueve días del mes de julio de 2007, “Año 49 de la Revolución”

Raúl Castro RuzPrimer Vicepresidente delConsejo de Estado

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