Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Todo lo que debe saber para formar una cooperativa de la construcción

Reestructuran composición de la Comisión permanente para la atención a estas nuevas formas de producción

Autor:

René Tamayo León

«Todo» lo que usted debe saber para formar una cooperativa de la construcción y garantizar que funcione debidamente —incluido cuánto le deben cobrar en algunas ventas mayoristas— puede encontrarlo en la Resolución No. 131 de 2014 del Ministro de la Construcción, rubricada el 17 de abril aunque publicada el viernes último en la Gaceta Oficial No. 36 Ordinaria (versión digital: www.gacetaoficial.cu).

No es una chanza del redactor; aquí, por supuesto, ofreceremos una pequeña síntesis de la misma, pero es imposible en un periódico poner esos documentos de forma completa. Apenas uno puede esbozar parte de sus elementos a fin de promover su lectura. Lo prudente para el interesado es estudiar el original.

La nueva resolución del Ministerio de la Construcción (Micons) sobre las Cooperativas No Agropecuarias (CNoA) relacionadas con las actividades de construcción y producción de materiales de construcción en la actual etapa experimental deroga la emitida anteriormente sobre el tema (la No. 85 de 2013).

Contiene el «Procedimiento que norma el proceso de constitución, control y evaluación del funcionamiento, y la fusión, escisión, modificación o extinción de las cooperativas de primer grado que pretendan realizar actividades de construcción y producción de materiales de construcción; y la transmisión de bienes propiedad estatal que se decida gestionar» de esa forma.

También reestructura, «para su mejor funcionamiento», la autoridad encargada de dar seguimiento al proceso: la «Comisión permanente para la atención a las CNoA en el sector de la construcción».

La normativa reglamenta lo concerniente tanto a la formación de las CNoA de origen privado —las que aspiran a crear por propia voluntad un grupo de personas— como a las de origen estatal, provenientes de organizaciones superiores de dirección empresarial, empresas constructoras integrales y empresas de construcción y montaje del sistema del Micons.

Empero, aclara la Resolución No. 131 de 2014 del titular del ramo: «En esta etapa experimental, el Ministerio de la Construcción no avalará las propuestas de creación de cooperativas para la elaboración de proyectos de construcción o brindar servicios técnicos afines, ni para ejercer como contratistas de obras».

La medida incluye además lo regulado sobre la autorización para la constitución de las CNoA del sector; el control y evaluación de su funcionamiento; su fusión, extinción, escisión o modificación; y las tarifas de arrendamiento de inmuebles, precios y tarifas para la venta o arrendamiento de bienes muebles y otros activos fijos tangibles propiedad del Micons.

También versa sobre los precios de venta a estas CNoA de herramientas, medios de protección y otros insumos.

Dicta que el «precio de venta a las cooperativas de origen estatal, de útiles y herramientas en uso e inventarios de materias primas y materiales para el desarrollo de su actividad, se fijará por acuerdo entre las partes» según lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas y Precios, entre otras condiciones.

La resolución también abunda sobre la formación de los precios mayoristas de venta de herramientas, medios de protección y otros insumos para estas CNoA por parte de las empresas autorizadas del Micons.

Señala que para «los productos importados, el precio de venta a las cooperativas será el resultado de aplicarle, como mínimo, un 20 por ciento de incremento al precio mayorista del producto importado».

Para «los productos de producción nacional, el precio de venta a las cooperativas será el resultado de aplicarle, al precio minorista vigente fijado por el Ministerio de Comercio Interior, un descuento del 20 por ciento».

La normativa también contiene un anexo con la ficha que se debe llenar «para proponer la constitución de cooperativas de primer grado de origen privado que pretenden realizar actividades de construcción y producción de materiales de construcción».

En su presentación, la Resolución del Micons defiende su correspondencia con otras disposiciones, en primer lugar con el Decreto-Ley No. 305 De las Cooperativas No Agropecuarias, del 15 de noviembre de 2012, y el Decreto No. 309 del 28 de noviembre de 2012, Reglamento de las CNoA de primer grado. También, su correlación con lo estipulado al respecto por los ministerios de Economía y Planificación, y de Finanzas y Precios.

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