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¿Pagaste la chapa?

Queda una semana para que cierre el plazo en el que se debe abonar el impuesto sobre el transporte terrestre

Autor:

Susana Gómes Bugallo

Solo el 52,1 por ciento de las personas naturales con el deber de ingresar su impuesto sobre el transporte terrestre —o «pago de la chapa»— lo había hecho hasta el 12 de septiembre último, se informó este lunes en La Habana, cuando resta una semana para que finalice el plazo para honrar esta obligación.

Ello lo informó Belkis Pino Hernández, directora de Atención al Contribuyente en la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), quien apuntó en conferencia de prensa que este no era el resultado esperado, más cuando el plazo de pago (que antes expiraba en febrero) se extendió hasta al 30 de septiembre, gracias a la Ley 113.

Las provincias más atrasadas en el pago son Las Tunas, Camagüey, Ciego de Ávila, Santiago de Cuba, Guantánamo y La Habana. En todas ellas, el número de quienes habían abonado no alcanzaba la mitad de la cifra total de contribuyentes, que asciende a 330 000 en el caso de las personas naturales.

Otro aspecto inquietante es la cantidad de ciudadanos que dejaron de acogerse a la bonificación por pronto pago, la que posibilitó descontar el 20 por ciento a quienes se presentaron a abonar antes del 28 de febrero. Según destacó Pino Hernández, esta es una ventaja que no debería desaprovecharse y que el contribuyente debe conocer y solicitar.

La funcionaria dio a conocer que en el sector de las personas jurídicas ya ha pagado el 94,2 por ciento, debido a que las entidades otorgan mayor importancia a esta gestión por las consecuencias que una informalidad en tal sentido podría acarrear.

Pinar del Río y Ciego de Ávila ya cumplieron sus deudas con el fisco, pero Camagüey y Granma aún no alcanzan el 90 por ciento. La especialista llamó la atención sobre la obligación de declarar y pagar también por aquellos vehículos que están fuera de uso debido a roturas prolongadas, puesto que el desembolso responde a la posesión de estos y no a su utilización.

Aun con el consiguiente ahorro que traería acogerse a la bonificación por el pronto pago, solo el 65 por ciento de las personas jurídicas aprovechó esta ventaja.

Sonia Fernández, directora jurídica de la ONAT, alertó sobre las consecuencias para quienes no se presenten a pagar antes del 30 de septiembre próximo, establecidas en el Decreto 308 para todos los que incumplen en cualquiera de los impuestos.

A quienes no efectúan sus obligaciones fiscales en el término establecido, el Estado exige una indemnización de hasta el 30 por ciento de lo adeudado, en correspondencia con la extensión de la demora. Esto es el llamado recargo, cifra a la que se une una multa de cuota fija como sanción establecida ante el incumplimiento, la cual puede variar desde 300 a 10 000 pesos.

Cuando se han agotado los recursos para persuadir al contribuyente de cumplir su obligación, la situación traspasa el marco administrativo y llega al judicial. En este caso, se puede hasta confiscar el vehículo si la infracción es grande. Si el ciudadano cree tener la razón, tiene el derecho a reclamar.

Las funcionarias aclararon que quienes se encuentren fuera del país deben designar un representante legal para que se encargue de esta gestión, pues no estar en el territorio nacional no justifica el impago.

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