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A 1,20 CUC la cerveza Heineken en las tiendas recaudadoras de divisas

En lugares con más «exclusividad», la Heineken, así como las Presidente y Brahma, que valen un CUC, pueden costar más

Autor:

René Tamayo León

Mi economía nunca me ha dado para tomarme una (aunque a decir verdad, prefiero la Bucanero; la cerveza fuerte, no la clara, según manda la vieja tradición del sexo masculino aquí), por lo que tuve que llamar a algunos amigos para que me confirmaran a cuánto estaba anteriormente.

Algunos me dicen que antes andaba «como a un CUC con “sesentipico” centavos». Fuera el precio que fuera, lo cierto es que ahora, a partir de hoy, la cerveza Heineken valdrá 1,20 CUC en las cadenas de tiendas recaudadoras de divisas y otras entidades autorizadas a realizar comercio minorista en esa moneda.

Amigos y parientes que sí la compran o las ven en las vitrinas, me dicen que ya está a ese precio en algunas tiendas de barrio, pero «por si las moscas», y como «papelito calla lengua», les dejamos aquí la tabla con los precios establecidos para la Heineken, la Presidente y la Brahma que se comercializan en esos comercios.

Los precios de las tres son el contenido de la Resolución No. 195/2016 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), firmada por la titular del organismo el pasado 3 de junio y publicada la víspera en la Gaceta Oficial No. 17 Extraordinaria (versión digital: www.gacetaoficial.cu).

La normativa fija que la Heineken vale ahora en estas tiendas lo ya dicho, y la Presidente y la Brahma, un CUC. Según me «informaron» mis «fuentes», y según entendió este redactor de la lectura de la Resolución del MFP, estas dos marcas de «lager» ya valían así.

Para algunos lectores que pudieran preguntarse por qué no busqué confirmación de los precios anteriores en fuentes oficiales, que es lo que corresponde al periodista, les explico: ese tipo de confirmación, lamentablemente, siempre me lleva días obtenerla, y eso es cuando tengo «suerte», porque a veces recibo por respuesta «la callada».

Los precios oficiales de la Presidente y la Brahma estaban contenidos en la Resolución No. 430 del 28 de julio de 2015, dictada también por el MFP, pero lamentablemente no la he podido conseguir en la colección completa de ejemplares de la Gaceta Oficial que dispongo en mis bases de datos, y a pesar de que este tipo de información es vital para proteger al consumidor. Pero bueno, ya los tenemos aquí, en papel y tinta... y en Gaceta Oficial.

La Resolución No. 195/2016 explica que el Ministerio de la Industria Alimentaria solicitó aprobar «el precio a la población en pesos convertibles (CUC), a surtidos de cerveza importada marca Heineken, para su venta en las cadenas de Tiendas Recaudadoras de Divisas y otras entidades autorizadas a realizar comercio a la población en esa moneda, así como incluir en esta norma, los precios de las cervezas importadas establecidos por la referida Resolución No. 430 de 2015 y derogar la misma, con el objetivo de evitar dispersión legislativa».

No obstante el precio de venta en los comercios antes dichos, la normativa de Finanzas y Precios faculta «a los jefes máximos de las entidades pertenecientes a las organizaciones superiores de Dirección Empresarial y cadenas nacionales de Tiendas Recaudadoras de Divisas que comercializan esos productos, a aprobar precios superiores a los establecidos en la presente Resolución, en las actividades y establecimientos que se relacionan a continuación:

«1. Actividades gastronómicas que no son cafeterías con ventas de alimentos ligeros.

«2. Tiendas ubicadas en hoteles fuera del centro de Varadero, Guardalavaca y Cayos al norte de las provincias de Villa Clara, Ciego de Ávila y Camagüey, pertenecientes a la Cadena de Tienda Recaudadora de Divisas TRD CARIBE.

«3. Concurrentes en las salas de Última Espera de los aeropuertos.

«4. Casas especializadas, tiendas y cafeterías con ventas de alimentos ligeros ubicados en los polos turísticos de Viñales, Varadero, Trinidad, Santa Lucía, Guardalavaca, Marea del Portillo, Ciénaga de Zapata, Cayo Largo, en los Cayos de Pinar del Río y los ubicados al norte de Ciego de Ávila y Camagüey, atendidos o pertenecientes al Ministerio de Turismo».

Por último, el apartado Cuarto de la Resolución No. 195/2016 ordena que esta entra en vigor hoy, 10 de junio de 2016.

 

Fuente: Resolución No. 195/2016 del MFP. En Gaceta Oficial No. 17
de 9 de junio.
Entra en vigor hoy, 10 de junio de 2016.

Fuente: Resolución No. 195/2016 del MFP. En Gaceta Oficial No. 17de 9 de junio.Entra en vigor hoy, 10 de junio de 2016.

 

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