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Ya tenemos Ley de las Aguas Terrestres

El dictamen sobre el proyecto legislativo que regula el uso y consumo del líquido más preciado del país fue aprobado unánimemente por los parlamentarios cubanos

Autor:

Susana Gómes Bugallo

La Comisión de Estilo que revisará la Ley de las Aguas Terrestres fue constituida como parte del Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Octava Legislatura del Parlamento cubano, a fin de que la legislación pueda ser publicada próximamente en la Gaceta Oficial de la República, luego de la aprobación unánime en el Parlamento de su dictamen de proyecto.

Mucho se ha hablado ya de la importancia de esta Ley y de todo cuanto regulará para un mejor empleo del recurso finito, que debe consumirse con responsabilidad e inteligencia. Por eso no hubo dudas cuando Inés María Chapman, presidenta del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, presentó la fundamentación del proyecto legislativo, actualizada después de sus múltiples debates en disímiles plataformas y momentos de intercambio, además de la información recibida en la sesión del jueves.

Después de que Santiago Lage Choy, presidente de la Comisión de Industria, Construcciones y Energía, diera lectura al Dictamen sobre el proyecto legislativo, este fue aprobado unánimemente. JR comparte algunas cuestiones de la actualización que presentara Inés María Chapman, con el propósito de que estés al tanto de cada detalle.

Las fases de la ley

—6to. Congreso del Partido Comunista de Cuba: Se aprobaron los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, en los que se incluyen los referidos a los Recursos Hidráulicos del país.

—Diciembre de 2012: Se aprueba por el Consejo de Ministros la Política Nacional del Agua.

—8 de julio de 2013: Circuló una primera versión del proyecto de Ley entre un grupo de órganos, organismos y organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE) con una significativa incidencia en la aplicación de las regulaciones propuestas, con el objetivo de obtener sus  sugerencias para perfeccionarla. Se recibieron criterios de la mayoría, y muchos fueron incorporados al proyecto.

—19 de julio de 2013: Se efectuó una reunión en la que participaron representantes de las referidas entidades y se hizo una exposición de la Política y del proyecto de Ley.

—4 de abril de 2014: Se realizó una nueva circulación, que incluyó el proyecto de Ley y su Reglamento, además de que se solicitaron opiniones, sugerencias y el pronunciamiento de las entidades consultadas sobre la necesidad de emitir normas complementarias en el marco de sus competencias.

—14 de abril del año 2014: Se realizó un encuentro al que fueron invitados el MEP, el Citma, el Minag, el IPF, el MFP, el Minfar, el Micons, el Minjus, el Mintur, el Minal, TSP, el Minem y Azcuba.

—Julio de 2016: La Secretaría del Consejo de Ministros sometió a consulta el proyecto.

—Septiembre de 2016: Se efectuaron los despachos para dar respuesta a las observaciones recibidas.

—Primeros cambios: El número de observaciones que consistieron en propuestas de modificación al texto del proyecto fue de 206. De ellas, 129 no se aceptaron, 70 se aceptaron totalmente y siete de forma parcial. El encuentro de septiembre de 2016 con profesores de la Universidad Tecnológica José Antonio Echevarría, dio como resultado 93 observaciones. Resultaron aceptadas totalmente 58 y otras 12 de modo parcial. Este trabajo modificó artículos del proyecto.

—18 de octubre de 2016: Se efectuó una videoconferencia simultánea con la participación de diputados e invitados, para presentar el proyecto de Ley de las Aguas Terrestres.

—Del 8 al 22 de noviembre de 2016: Reuniones en varios  territorios del país para recepcionar consideraciones de los diputados sobre el proyecto de ley. A estos encuentros asistieron invitados de instancias del Gobierno y del Partido, directivos y funcionarios empresariales y profesores universitarios.

—Nuevas variaciones: Los diputados realizaron 117 propuestas. Fueron aceptadas 36. De los 127 artículos que integran el proyecto de legislación, se modificó la redacción de los dos Por Cuantos, 59 artículos, la denominación de dos títulos y se adicionó la Disposición Transitoria Primera.

—Opiniones por correo electrónico: A través de la cuenta  habilitada se recibieron y procesaron 57 opiniones, aunque la mayoría no aportó información con trascendencia para el proyecto de ley, pues se basaron fundamentalmente en situaciones relacionadas con la calidad o insuficiencia del servicio de abastecimiento de agua. No obstante, seis observaciones fueron tomadas en cuenta, con trascendencia en el articulado.

Nueve bases para una ley

1. La trascendencia de las aguas terrestres como recurso natural, renovable y limitado, que exige una gestión integrada y sostenible en función del interés general de la sociedad, la economía, la salud y el medio ambiente.

2. El actual contexto social y económico del país.

3. La aprobación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

4. La Política Nacional del Agua.

5. La aparición de nuevos actores y formas de gestión económica.

6. El amplio proceso inversionista en materia hidráulica.

7. Las inversiones en otras esferas y ramas del país que llevan aparejadas obras hidráulicas inducidas y demandan el uso de las aguas terrestres.

8. El perfeccionamiento de la legislación de inversión extranjera y la incidencia en las presentes y futuras participaciones del capital foráneo.

9. La experiencia obtenida en la gestión del agua en situaciones extremas.

Tres objetivos «líquidos»

1. Ordenar la gestión integrada y sostenible de las aguas terrestres como recurso natural renovable y limitado, en función del interés general de la sociedad, la economía, la salud y el medio ambiente.

2. Establecer las medidas para la protección de las aguas terrestres sobre la base de su planificación, preservación y sostenibilidad, en armonía con el desarrollo económico-social y la protección del medio ambiente.

3. Establecer las medidas para la protección y adaptación de la sociedad, la economía, el medio ambiente y las aguas terrestres del impacto negativo de los eventos extremos y el cambio climático.

Dictamen sobre el proyecto de Ley de las Aguas Terrestres

El Proyecto de Ley de las Aguas Terrestres que se somete a nuestra decisión se inscribe en la estrategia de protección y sostenibilidad del medio ambiente que, decididamente, acomete nuestro Gobierno.

El agua, como recurso natural, renovable y finito, patrimonio del Estado, que constituye un derecho de todos los ciudadanos, requiere de especiales normas que regulen su planificación y manejo; porque además constituye un elemento esencial para el desarrollo socioeconómico y en definitiva de la vida misma.

Atendiendo a la configuración geográfica de nuestro país y la ausencia de grandes y caudalosos ríos, a lo que se añade los largos períodos de sequía que afectan a varias regiones, reviste especial significado para nuestro país el adecuado empleo de los recursos hídricos con que contamos.

De ahí la importancia que tiene para los intereses generales de la nación este proyecto de Ley sobre el que debemos decidir, el que se ha visto sustancialmente enriquecido y perfeccionado en el proceso de discusión y análisis a que ha sido sometido.

Las importantes recomendaciones brindadas por el grupo técnico constituido, integrado por reconocidos especialistas de la Universidad Tecnológica José Antonio Echevarría y del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, unido a las propuestas de los diputados en discusiones efectuadas en los territorios y de la población a través del sitio web de la Asamblea Nacional, donde se colocó para conocimiento general, originó la modificación de aproximadamente el 37,7 por ciento del articulado, de dos de sus Por Cuantos, y la adición de una disposición transitoria y un glosario de términos.

Asimismo, en reunión sostenida por los diputados con la Presidenta del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y su equipo de trabajo, se dio respuesta a cada uno de los 132 planteamientos formulados sobre esta norma, lográndose crear el consenso adecuado.

En razón a todo ello, las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Industria, Construcciones y Energía, estimando la plena integración del proyecto al ordenamiento jurídico y su correspondencia con el orden constitucional, interesan de ustedes la aprobación del Proyecto de Ley de las Aguas Terrestres que se les somete.

Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Industria, Construcciones y Energía

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