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No es el caso de una interrupta

El pasado 8 de junio, desde Caney de las Mercedes, en el municipio granmense de Bartolomé Masó, Erodis González Piñeiro pidió que se aclarara lo que consideraba una violación laboral con la madre de su hija, Flora Quintana Gamboa, en medio de la COVID-19.

Indicó que Flora trabaja en la panadería de ese poblado. En noviembre de 2019 cumplió 60 años y decidió aplazar su jubilación seis meses más, por necesidades de personal en esa unidad. El 15 de marzo pasado cogió 15 días de vacaciones y fue a Sancti Spíritus. Desde el 24 de ese mes, al cesar el transporte con el aislamiento, quedó del lado de allá.

La administración de la panadería, añadía, planteó que por no estar presente, Flora tenía que acogerse a una licencia sin sueldo hasta que retornara y decidiera si seguía laborando o presenta la jubilación. Pero él sostenía que si ella hubiera estado presente en Caney de las Mercedes, estaría en su casa como interrupta.

Responde Marisleydis Martínez Pujol, subdirectora de Recursos Humanos de la Empresa Municipal de Comercio y Gastronomía, que esa entidad conoció de la situación dos meses y cuatro días después, cuando Erodis llamó a la especialista de Recursos Humanos de la unidad básica, quien le dio verbalmente la respuesta que señala.

Al publicarse la queja, agrega, se consideró en el consejo de dirección de la Empresa lo que estableció el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la Orden Ministerial OM-414 del 1ro. de abril de 2020, referente a las medidas laborales, salariales y de Seguridad Social relacionadas con el coronavirus.

Esa Orden, añade, dispone no mantener laborando a trabajadores adultos mayores en condición de fragilidad, como medida preventiva ante la COVID-19; en esos casos el trabajador devenga una garantía salarial equivalente al ciento por ciento de su salario básico el primer mes y el 60 mientras dure el aislamiento.

Expresa que «esa medida está dirigida a los adultos mayores que por sus condiciones biológicas (presencia de riesgos o enfermedades trasmisibles y crónicas) lo ponen en situación de fragilidad para adquirir la COVID-19, y como medida preventiva se indica su aislamiento social».

Aclara que «ese no es el caso de ella, pues no presenta situación alguna de enfermedad hasta donde se conoce; por lo tanto, no fue evaluada dentro de las personas que en nuestra entidad se acogerían a esta interrupción laboral».

Y concluye que «nuestra entidad, según la legislación laboral emitida para la pandemia COVID-19, no ha violado la norma a la hora de mantener a la trabajadora Flora Quintana Gamboa en la condición de licencia sin sueldo; esta mantiene el vínculo con nuestra entidad hasta que decida proceder a la jubilación y pueda regresar de la provincia donde se encuentra».

Otro organopónico abandonado

Cuando aún esta sección no ha recibido respuesta de la queja publicada el 24 de mayo pasado a nombre de Carlos Yurievich Luis Ortega acerca del abandono del organopónico del reparto Versalles, en la ciudad de Matanzas, llega una denuncia similar desde la misma provincia.

Sergio Luis Pérez Matheu (calle 26, no. 25B04, entre 15B y 15C, Torriente, Jagüey Grande) revela que el organopónico de esa localidad lleva dos años produciendo solo malas hierbas.

«Primero —señala— lo atendían los reclusos que estaban próximos a extinguir su sanción, y lo destruyeron. Después estuvo mucho tiempo sin producir porque se robaron la turbina que abastecía de agua los cultivos. Y un buen día desaparecieron los trabajadores estatales que laboraban en él con bajos salarios.

«En conclusión, que a nadie le duele y es la población la afectada, pues aunque se adquieren algunos productos en los mercados estatales y a través de los trabajadores por cuenta propia, que venden más caro, es necesario que en medio de la situación de la COVID-19 se reanime la producción de vegetales y hortalizas que tanto el pueblo demanda».

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