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¿El año de la caja?

El Código Penal se somete a adecuaciones para resolver la inoperancia de los mecanismos de pago en virtud de la responsabilidad civil de los ciudadanos sancionados, pues esa situación no solo prolonga la espera de quienes aguardan por ser indemnizados, sino que deja en tela de juicio el cumplimiento de la Ley y el respeto a sus autoridades

Autor:

Susana Gómes Bugallo

El presupuesto del Estado sigue respaldando las indemnizaciones para casos de discapacitados y menores a los que haya que resarcir por ser víctimas de delitos. Foto: Raúl Pupo.

La Caja de Resarcimientos es la institución del Ministerio de Justicia que más quejas recibe. Y no es para menos tratándose de que su función social la define como la entidad encargada de hacer efectivas las responsabilidades civiles consistentes en la reparación de los daños materiales y la indemnización de los perjudicados mediante el cobro a los sancionados y el pago a las víctimas de delitos.

 

Hasta los sitios de atención a la población, el propio Ministerio, la oficina central de la Caja y reconocidos espacios de la prensa como Acuse de Recibo de Juventud Rebelde y la sección de Cartas a la Dirección del periódico Granma llegan las quejas de los ciudadanos en busca de lograr que les sean reparados los daños que la ley establece como responsabilidad civil de quienes incurren en delitos como hurto, robo con fuerza y otras violaciones.

Y aunque se conoce que la Caja es la mediadora entre acreedores y deudores, pues depende del pago de estos últimos para subsanar a los otros, sigue siendo este el sitio adonde las personas llegan para exigir la defensa de sus derechos legales, y en busca de mecanismos que presionen a los sancionados a cumplir con la sentencia que debería ser de obligatorio cumplimiento desde que la dictan los tribunales.

Sobre los cambios de esta institución con el tiempo, la situación actual que presenta y los caminos hacia donde debe desembocar este problema, nuestro diario conversó con Yeline Rodríguez Abreu, directora de la Caja de Resarcimientos.

La historia de la caja

Con el Decreto-Ley No. 802 del Código de Defensa Social, de 1936, surge la Caja de Resarcimientos bajo la subordinación del Ministerio de Hacienda. En 1953 la institución pasa a formar parte del Ministerio de Justicia, ya que los Tribunales se encontraban adscritos a este organismo. Un año después se establecen las bases para su funcionamiento. Con el triunfo revolucionario sobrevienen otros cambios, y ya en 1981 se sientan definitivamente las bases legales de lo que es hoy la institución.

A partir de aquí, comentó Yeline Rodríguez, puede hablarse de tres etapas en cuanto a su funcionamiento. Hasta el año 1998 recibió presupuesto del Estado: tres millones para indemnizaciones y un millón para el pago de las pensiones; mientras que la totalidad de los ingresos recaudados pasaba a favor del presupuesto estatal.

Desde 1999 al 2005 se consideró una entidad autofinanciada con carácter diferenciado con asignaciones de fondo del presupuesto del Estado ascendentes a varias decenas de millones de pesos para el pago a los acreedores de la totalidad de las reclamaciones.

En el año 2006 retornó a su estado de unidad presupuestada, disminuyendo el volumen de los pagos. Ya en enero del 2007 quedó establecido el principio de pago al acreedor solo a partir de las cuantías cobradas al deudor, con lo cual el Estado dejó de desembolsar presupuesto para esta función.

Solo se exceptúa de esta generalidad el caso de las pensiones (vitalicias y temporales) porque se consideran una prioridad. Cuando nos referimos a esto, hablamos de los menores que quedan sin padre o madre luego de que se comete el delito, o por accidentes de tránsito; también para aquellos ciudadanos que quedan imposibilitados de trabajar debido a las lesiones sufridas por un acto delictivo.

Ilustró la directiva que la Caja de Resarcimientos tiene una oficina central en La Habana desde donde se dirige la de cada provincia, con excepción del público de Artemisa y Mayabeque, que debe asistir a la capitalina. Refirió además que, aunque en la oficina central no debe atenderse ningún caso, las personas asisten y también son asistidas.

Por qué hay que «pasar» por la caja

Yeline Rodríguez Abreu es la directora de la Caja de Resarcimientos desde hace dos años. Foto: Roberto Ruiz.

Yeline Rodríguez explicó que algunos delitos traen consigo dentro de sus sanciones el pago de la responsabilidad civil, debido a que han afectado el patrimonio de las personas mediante hurto, robo con fuerza u otros, y no basta con la privación de libertad para indemnizar a la víctima.

Entonces se dicta una sentencia desde el tribunal, en la que se establece cuánto debe pagarse. Este documento llega a la Caja y se analiza e introduce en una base de datos con la información de las personas implicadas y su caso, y se confecciona un expediente que describe el delito y las sentencias.

A quien debe ser indemnizado el tribunal le entrega una notificación para que vaya a la Caja de Resarcimientos a notificar su situación. Una vez que el deudor conoce que tiene una responsabilidad civil que cumplir, tiene el plazo de 60 días para presentarse en las oficinas, a pagar o entrar en convenio, si no está cumpliendo sanción de privación de libertad, explicó la funcionaria.

Las indemnizaciones tienen dos vías, subrayó Rodríguez. Una es para las personas que fueron sancionadas a cumplir prisión, además de responder a su responsabilidad civil. Para estos casos el Ministerio del Interior fija una cuantía mensual a partir del salario (en el caso de que trabajen en el establecimiento penitenciario) y estas se hacen llegar hasta la Caja. Si se decide la libertad provisional, hay que darle seguimiento al cumplimiento de la responsabilidad civil, asunto a cargo del tribunal mediante el juez de ejecución.

Otra situación es la de las personas sancionadas solamente al pago de la responsabilidad civil, agregó. Estas se deben presentar y acordar el modo en el que pagarán su deuda, si no pueden cumplirla inmediatamente. También pueden acordar ingresar una parte del dinero momentáneamente.

¿«No cuadra»?

Variadas desviaciones y carencias dificultan lo que debería conducirse sin trabas. La Directora adujo que las personas no saben cómo es el trámite del cobro. Muchas llegan a la Caja diciendo que vienen a buscar su cheque con la notificación que les dio el tribunal para presentarse en la institución.

Cuando se les explica la realidad actual, se molestan porque quieren su dinero. No están al tanto de los cambios del 2007 y llegan basándose en que a otros les han pagado antes. Muchos desconocen o no pueden entender que ahora los acreedores no reciben su resarcimiento hasta tanto el deudor no pague a la Caja.

Por su parte, aunque se le explique al sancionado que el plazo de resarcimiento establecido por la ley es de dos años, este generalmente alega que no puede hacerlo en ese período y tiene derecho a entrar en convenio de pago con la entidad. La cuantía mínima mensual establecida es de 50 pesos, aunque se trata de «negociar» hasta cien para que se agilice en algo la espera. Pero todo depende de lo que el sancionado declare que puede pagar, pues la Caja no participa en el proceso de la sanción ni en el investigativo y no conoce la situación del deudor.

Contó Yeline Rodríguez que anteriormente la Caja recibía ingresos por fianzas y decomisos y con eso se establecía el llamado «colchón» para responder a algunos pagos. Pero de acuerdo con la legislación vigente, la responsabilidad civil se ejecuta con cargo a los ingresos personales del deudor, y no contempla la posibilidad de hacerlo con cargo a los bienes de su propiedad. Otro aspecto que se desconoce es que la indemnización no se paga completa, sino que la ley establece el descuento del 20 por ciento.

«Somos la institución del Ministerio de Justicia que más quejas recibe, pues las personas preguntan cuánto deben esperar para que se les pague la totalidad de su deuda. La misma persona se queja dos veces al año y les respondemos mediante cartas en el término establecido, pero es difícil convencer a alguien a través de un papel de que su deudor no ha pagado; eso no es lo que se quiere escuchar.

Cuando se acumula una cantidad de dinero significativa, se le avisa a la víctima para que recoja su cheque. Foto: Alejandro Durán.

«Nosotros emitimos cheques cuando tenemos una cantidad de dinero ingresada por el deudor y localizamos a la persona para que se presente, aunque los acreedores vienen o llaman cada cierto tiempo por su cuenta. Las personas calculan cuánto tiempo debe pasar para que le paguen su deuda de miles de pesos y traen hasta las edades que tendrán cuando terminen de recibirla. Vienen personas mayores y hasta enfermas.

«Desde 1999 hasta la fecha quedan pendientes de pago 226 567 expedientes, y más de 348 000 acreedores en espera de que su indemnización sea resarcida y que alguien cumpla su responsabilidad civil», acotó la funcionaria.

Pero otra preocupación es la provocada por aquellos que ni siquiera «dan la cara» a la institución para empezar a consumar su sentencia.

Comentó Rodríguez Abreu que muchos deudores pasan del plazo de 60 días que se da para presentarse a cumplir con la responsabilidad civil. Mientras, la persona dañada no puede reclamar a ningún lugar por falta de mecanismos de presión y la conducta del sancionado queda impune.

¿La solución es que la persona vaya a cumplir privación de libertad?, se cuestionó la directiva. Habría que pensarlo, porque así tampoco va a pagar y el dañado seguirá esperando por su dinero. Nuestros mecanismos, en muchos casos, no ayudan a obligar al sancionado o a presionarlo con el pago. Y los perjudicados llegan aquí diciendo que conocen al deudor y saben que él recibe ingresos que le permitirían pagar.

Actualmente solo pueden emplearse como motivos de obligación o presión para la liquidación de la deuda de la responsabilidad civil, el interés de un sancionado por cancelar sus antecedentes penales o de una persona por viajar, pues la actualizada Ley migratoria prevé este como requisito.

«La deuda de la Caja es millonaria y no significaría nada dar una cifra porque siguen entrando sentencias y aumenta. Ni siquiera se trata de la deuda de la Caja, aunque sea esta la entidad mediadora. Por poner un ejemplo, con más de 60 000 pesos de responsabilidad civil a pagar tenemos alrededor de 241 000 expedientes en todo el país, que no es toda la cantidad de personas porque en un expediente puede haber varios, en dependencia del caso y sus implicados», significó Rodríguez Abreu.

Para que encajen las cosas

Refirió la funcionaria que como resultado de las abundantes quejas de la población, se inició un proceso de reordenamiento y conciliación con los distintos organismos e instituciones vinculadas al trabajo de la Caja de Resarcimientos.

Se conoce que dentro de las modificaciones que se discuten con respecto a la próxima actualización del Código Penal, la situación de la responsabilidad civil derivada del delito (y la Caja como ente mediador) es una de las prioridades.

Yeline Rodríguez explicó que en este momento se están haciendo estudios y la Caja entrará en un proceso de perfeccionamiento, para que cambien los conceptos actuales, pues los mecanismos de pago son responsables de la situación existente.

La directiva consideró que este es un momento de cambio en el que se ha trabajado todo el año en las propuestas de fuentes de ingresos para lograr el pago de la responsabilidad civil, porque no pueden mantenerse solo las dos vías vigentes, ni volver a funcionar mediante el presupuesto del Estado.

Se labora de conjunto con las instituciones vinculadas a la ejecución de la responsabilidad civil, para presionar a los deudores al pago. Además, teniendo en cuenta las nuevas circunstancias del país, se revisan las disposiciones y mecanismos legales en función de que estas sanciones sean efectivas. «Creo que este es el año de la Caja», opinó su Directora.

Mientras, los ciudadanos esperan que un concepto tan importante como la responsabilidad civil no quede en terreno de nadie, ni se convierta en deuda vitalicia que no acabe sino hasta el fallecimiento de uno de los implicados, debido a la extensión ilimitada del tiempo en el pago y las irrisorias cifras que se establecen sin que exista otra opción de hacer cumplir la ley.

Las adecuaciones a las que se somete el Código Penal prometen atender toda esta delicada situación. No puede olvidarse que la inoperancia de los mecanismos de pago de la responsabilidad civil de los ciudadanos sancionados no solo prolonga la espera de quienes aguardan por ser indemnizados, sino que deja en tela de juicio el cumplimiento de la Ley y el respeto a sus autoridades.

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