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¿Qué dice el Banco Popular de Ahorro?

El cobro mediante tarjetas magnéticas es un avance de agilidad. Pero si a quien presta ese servicio le falla la puntualidad, a los beneficiarios se les complica todo, y comienzan a añorar el pago en la caja de la empresa.

Conflictivas tarjetas: así denominé el caso reflejado aquí el 19 de agosto pasado. Caridad Reynosa, ingeniera de la Empresa Niquelífera Ernesto Che Guevara, en Moa, Holguín, contaba que en julio se vencieron muchas tarjetas magnéticas de cobro de los trabadores, y el Banco Popular de Ahorro (BPA) no había garantizado las nuevas. Así, tuvieron que hacer largas colas en el Banco para cobrar, ausentándose del trabajo. En cuanto a Caridad, desde fines de junio no pudo cobrar mediante tarjeta, y aún el 6 de agosto, cuando me escribió, no le había llegado la nueva.

Al respecto, aclara Alberto Pantón, director general del Grupo Empresarial del Níquel, que la ingeniera tiene razón, «ya que en varias oportunidades la Dirección de Economía de esta entidad ha presentado quejas a la Dirección del BPA, por irregularidades en el servicio de tarjetas magnéticas; y dos de ellas coinciden con los meses de junio y julio de 2008, período en que fue afectada la trabajadora». Y precisa que un día después de la revelación aquí, el problema quedó solucionado: los del BPA se personaron en la Empresa para la entrega de la tarjeta nueva.

Agradezco la carta, con más razón cuando quien debe responder, el Banco Popular de Ahorro, no lo ha hecho. Si en un día se resolvió lo que llevaba semanas sin cumplirse... eso refleja que se podía a tiempo.

No es lo mismo

La segunda carta, fechada el 16 de julio pasado, es la respuesta del Coronel (r) Carlos Manuel Pantaleón, presidente en funciones de SEPSA, a la queja de Josué Pérez de la Cruz, reflejada aquí el 26 de junio de 2008.

Josué, de Santiago de Cuba, contaba que llevaba cuatro años laborando como agente de la Central de Alarmas (chofer de patrullas) de SEPSA. Y al igual que a sus compañeros, se le sometió a un test psicométrico. Tanto él como otros nueve lo desaprobaron, por lo cual los reubicaron en plazas de Protección, donde las condiciones no son las mismas. Él cuestionaba los hechos, argüía los años de experiencia acumulados, y la aptitud física y mental de los eliminados.

Al respecto, afirma Pantaleón que la revalidación de la idoneidad en el personal de la Central de Alarma, se indicó «a partir de hechos de indisciplina por parte de algunos de sus integrantes, una conducta que no se correspondía con las exigencias del cargo». Y significa que Josué, al momento de hacer la prueba psicométrica, «prestaba servicios como agente de seguridad y protección, debido a que estaba cumpliendo una sanción de tres meses en un cargo de condiciones laborales distintas, por violación de la disciplina como miembro de la Central de Alarmas». No obstante, se incluyó en la reevaluación, teniendo en cuenta que una vez cumplida su sanción tenía derecho a reincorporarse a su cargo original.

Aclara que «el psicométrico no se aprueba o desaprueba, sino que aporta elementos para realizar la evaluación integral de la persona, aspectos que se han tenido en cuenta para someter al Comité de Expertos, el análisis de la idoneidad de siete compañeros, y no de diez como refiere».

Y a la pregunta hecha entonces por Josué: «¿qué diferencia tiene un agente de la Central de Alarmas de uno de Protección, si ambos portan armamento y tienen que cumplir los mismos deberes funcionales?», responde:

«El servicio de los agentes de la Central de Alarma se caracteriza por su especialización y mayores requerimientos en cuanto a preparación y equilibrio emocional: no se realiza puntualmente en una instalación ni una posición en específico, sino en la vía pública, dando respuesta en el menor tiempo posible a la orden de la Central de Monitoreo de Alarma de acudir a instalaciones protegidas con sistemas de alarmas, donde la activación de estas indica la ocurrencia de un posible delito.

«Para ello se someten a un régimen especial de circulación vial. Exige rapidez en la toma de decisiones y actuación efectiva para el enfrentamiento y neutralización de los comisores. De ahí que los requisitos para esas misiones sean sustancialmente diferentes de la protección a instalaciones con agentes de Seguridad y Protección».

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