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Cuba: ¿Cómo deben funcionar las casitas infantiles?

La resolución 58/2021 del Ministerio de Educación, publicada —recientemente— en la Gaceta Oficial de la República, detalla las regulaciones para la apertura y funcionamiento de las casitas infantiles en centros laborales

Autor:

Margarita Barrios

Con el objetivo de establecer las regulaciones para la apertura y funcionamiento de las casitas infantiles en empresas, unidades  presupuestadas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, empresas mixtas, organizaciones políticas, sociales o de masas, el Ministerio de Educación (Mined) emitió la resolución 58/2021.

La norma jurídica que acaba de ser publicada en la Gaceta Oficial de la República del 3 de junio de 2021, expone que ante el déficit de círculos infantiles, esta iniciativa puede aliviar la situación que enfrenta la familia con la llegada de un pequeño, el cual debe quedar bajo buen cuidado para poder marchar al trabajo sin preocupaciones.

En uno de sus resuelvo, el documento expresa que la casita infantil es una variante de atención educativa, en la modalidad institucional de la primera infancia, donde se presta servicios a los niños, hijos de las madres, padres o tutores, en entidades que a partir de sus condiciones económicas y materiales, puedan destinar fondos para su apertura, mantenimiento y garantizar su sostenibilidad.

Precisa que en esas instituciones también se ofrece, excepcionalmente, atención educativa a niños de familias con situaciones sociales complejas de la comunidad a propuesta de la Dirección Municipal de Trabajo.

Igualmente, detalla esa disposición que las entidades, para solicitar la apertura de las casitas, realizan el diagnóstico económico-financiero con el objetivo de analizar las reservas presupuestarias existentes y evaluar que los ingresos cubran los gastos, de manera que se garantice la sostenibilidad de ese servicio.

Señala ese documento que, en el caso de las unidades presupuestadas y organizaciones políticas, sociales o de masas, se evalúa, además, que no se generen gastos excesivos al Presupuesto del Estado.

Asimismo, deben contar con la aprobación del colectivo de trabajadores y la anuencia de la Junta de Gobierno, según corresponda.

La resolución del Mined aclara que la creación de casitas infantiles no puede implicar deterioro en los indicadores de eficiencia de la entidad; y que los ingresos y gastos se proyectan en el Plan y Presupuesto anual.

Por otra parte, las entidades se responsabilizan con la selección de los locales, el mobiliario y los recursos materiales que se requieran; del mismo modo, velan porque no se generen diferencias significativas con lo que se aplica para los círculos infantiles. Deben ser áreas adaptadas de la entidad, que cumplan con las condiciones básicas elementales, así como con los requisitos higiénico-sanitarios que se especifican en la resolución.

En el caso de la base material de estudio, esta se garantizará por parte del Mined, así como también la atención educativa a los niños se garantiza con educadoras y auxiliares pedagógicas graduadas en la Especialidad de Primera Infancia, los que se ubican en la plantilla de la entidad, pero devengan el salario según nomenclador del cargo establecido para el sector educacional y reciben los beneficios salariales que se establezcan.

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