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Multa por suposición

Tal como cuenta su historia Eniel Rodríguez Machado, por ser solidario pueden castigarte, y para algunos cualquier ciudadano es un potencial infractor y negociante.

Eniel, profesor instructor en la Universidad Central «Martha Abreu» de Las Villas y residente en Carretera a Camajuaní, kilómetro 11, en Santa Clara, relata que el 7 de noviembre de 2015 se dirigía en la motocicleta triciclo de su hermano a esa ciudad desde la Universidad Central, cuando una joven pareja, con su bebé de meses, le hizo señas y él les paró.

Llegando a Santa Clara, varios inspectores, acompañados de agentes de la policía, le indicaron detenerse. Le solicitaron los documentos pertinentes y el permiso para ejercer la actividad de transporte de pasajeros como trabajador por cuenta propia. Eniel les explicó que no se dedicaba a «botear».

«Y utilizando mi carné de identidad como guía, afirma, le hicieron preguntas sobre mi persona a la pareja, para comprobar si eran conocidos míos. Si no lo eran, se asumía que estaba transportando personas de forma ilegal. Sin embargo, no preguntaron si les había cobrado por transportarlos».

Aun así, en un gesto de agradecimiento y solidaridad, la pareja afirmó en varias ocasiones que Eniel no les había cobrado. Y este último intentó explicarle de nuevo al inspector, quien, sin dejarlo hablar una palabra, según cuenta, dijo con ira y tono amenazador: «¡Yo te voy a demostrar que tú sí te dedicas a tirar pasaje!».

Lo condujeron a la 3ra. Unidad de la PNR en Santa Clara, y transcurridos cerca de 30 minutos, la pareja con su bebé, tras intentar infructuosamente hablar con alguna autoridad allí para ayudar a Eniel, se tuvo que ir.

Luego de tres horas, lo trasladaron a un salón donde estaban los inspectores, un grupo de la Dirección Integral de Supervisión (DIS) y el capitán de la PNR encargado de los asuntos de transporte. Ya la sentencia estaba dictada, y solo fue llamado para firmarla: una multa de 1 500 pesos.

Eniel intentó reflexionar y debatir con los presentes para que le explicaran el porqué de la multa. El argumento fue que sus pasajeros no conocían ni su nombre ni su dirección. Y le dieron razones que él considera ilógicas: si el vehículo era particular, entonces solo podía transportar a familiares y amigos. Eniel preguntó en qué ley o reglamento estaba tal norma. Y no hubo respuesta.

Al final, los compañeros de la DIS le dijeron: «Ya nada podemos hacer. La multa está redactada. La firmes o no, procede. Solo te queda reclamar».

Eniel firmó e hizo la reclamación. Pero no triunfó. Según narra, la comisión encargada de responder alegó que tras la revisión de la misma, y el acta de inspección, se demostró mediante preguntas a los clientes que el servicio era pagado, y aclara el remitente que durante la supuesta investigación no contactaron con la pareja, porque sencillamente no los escucharon ni tomaron sus datos.

Para el reclamante, la pelea aún no estaba perdida. Acudió a Fiscalía Municipal. Ese proceso demoraría 30 días, y el plazo para pagar la multa estaba por vencer. Tomó el dinero de un crédito que le habían concedido para labores constructivas y pagó la multa.

Según Eniel, la respuesta que los compañeros de la DIS dieron a la Fiscal, fue que ellos no tenían forma de comprobar si el servicio era pagado o no, por lo cual, si los pasajeros no conocen al chofer, se asume que es pagado. Y, por otra parte, la PNR negó la estancia del multado en la 3ra. Unidad, pues no constaba en los registros.

Fue a Fiscalía Provincial. Y allí le confirmaron que «contra todo lo resuelto no procede recurso alguno en la vía administrativa ni en lo judicial».

Eniel concluye: «No había nada que hacer. Y así fue como terminé pagando una multa de 1 500 pesos. Todo por transportar a dos personas que no conocían mi nombre y dirección de residencia. Si les había cobrado o no era irrelevante eso, los inspectores nunca lo preguntaron».

Solo me queda una pregunta: ¿Por qué Eniel, si tiene los argumentos y las razones morales, ha esperado tanto para hacer pública su inconformidad en una carta?

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