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Gas Licuado responde a queja de Lufriú

El pasado 1ro. de mayo, Leodegario Lufriú Díaz contó desde Marianao, La Habana, que de 2000 a 2009 hubo junto a su casa un punto de venta de gas licuado. Los camiones accedían al área entre la acera y el portal suyo, generaban vibraciones, que dañaron las columnas del portal y el techo de su sala. Hizo quejas telefónicas a la Empresa de Gas Licuado (EGL) en Marianao, le respondían que al instalar el gas de la calle, el punto se trasladaría y repararían el local y su casa. El punto se trasladó y nada.

Reclamó. Las quejas eran presenciales en la oficina municipal del Gas. Tras ir muchas veces y sin respuesta, la directora le propuso hacerlo por escrito para tramitarlo en la EGL. Lo llevó el 9 de agosto de 2019. Y no llegó respuesta. Al año, pidió ayuda a Fiscalía y la EGL se negó a reparar, alegó que expiró el plazo para reclamar. Que las columnas no se dañaron por los camiones, al no haber colisión. Que parqueaban en la calle, no en la acera, y el portal estaba cercado. Era imposible que las vibraciones agrietaran las columnas. Es una casa de más de 70 años.

«La respuesta de la EGL, dijo Lufriú, se hizo desde una oficina, nunca envió a mi casa a nadie a verificar. Y aunque envié la misma queja al Ministerio de Energía y Minas (Minem), recibí la misma respuesta».

Consultó con Atención a la Población del Consejo de Ministros (APCM) y sugirieron solicitar dictamen de daños y perjuicios a Vivienda municipal. Lo hizo, y el dictamen con fecha de 13 de octubre de 2021 precisó daños en su casa, materiales para reparar y precio. El 27 de octubre de 2021 se entregó a APCM el dictamen de daños y perjuicios.

El 27 de febrero de 2022 Tribuna de La Habana publicó una queja de Lufriú al respecto. Y el 7 de marzo, decía, por primera vez en 20 años, dos compañeras de Atención al Cliente de la EGL le visitaron. Solicitaron expediente y propiedad de la casa. Revisaron información. Observaron e indicaron que él tenía razón e iban a informar a la EGL su opinión.

El 18 de marzo trajeron respuesta de la EGL. Repetía la negativa: Los daños no responden a vibraciones de los camiones. La EGL, dijo Lufriú, no está calificada ni autorizada a hacer evaluación del estado constructivo de mi casa; que solo compete a la Dirección de la Vivienda.

«La EGL no acepta el dictamen de daños y perjuicios de  Vivienda de Marianao, ni el informe emitido por el grupo de Atención al Cliente suyo. El Minem conoce el asunto, tiene todos los documentos tramitados por Atención a la Población del Consejo de Ministros y su respuesta es la misma de la EGL. ¿Cuál institución del Gobierno debe exigir a la EGL que debe rectificar su posición?», concluía.

Responde Eduardo Rivera Talavera, director general de la Empresa de Gas Licuado, que a Lufriú esa entidad le respondió el pasado 18 de marzo, ante  queja similar suya en Tribuna de La Habana el 27 de febrero. Y califica de improcedente alegar que hubo violación de derechos, «toda vez que recibió respuesta por varias vías de las entidades adonde escribió; aun cuando no es la que satisfacía su pretensión, es la que se ajusta a derechos».

Indica que las columnas no se afectaron por los camiones, pues no se reportó en el tiempo de servicio del punto ningún incidente de colisión con ellas. Los camiones se parqueaban en la calle, no en la acera. Y el portal de Lufriú está cercado. El punto de venta no reportó durante los años de servicio daños a sus columnas.

Añade que no hay evidencia en la oficina municipal de reclamación anterior a la de agosto de 2019; ésta a diez años del cierre del punto de venta. Y acota que la asesora jurídica de la EGL corroboró en la Dirección Municipal de la Vivienda que el dictamen técnico emitido por los especialistas certifica que la situación de deterioro de la casa es producida por oxidación y corrosión del acero que provoca el desprendimiento del recubrimiento de las columnas, lo que no puede ser causado por vibraciones de los camiones… y sí porque es una obra de más de 70 años, sin mantenimiento ni rehabilitación.

El dictamen, expresa, no encausa a esa entidad como responsable de los daños. Apercibe a Lufriú de acciones de apuntalamiento que como propietario debe acometer. Los expertos de Vivienda indican que ese dictamen se hace todos los años, sin que él acometa acciones constructivas. Señalan que la Vivienda no tiene facultades para emitir un dictamen de daños y perjuicios, de considerar que existe afectación a un inmueble por un tercero; solicitan a Arquitectura y Urbanismo una exploración de qué puede provocar los daños, y son estos quienes emiten dictamen.

Finalmente, reitera la improcedencia de la queja.

 

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