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Un largo litigio

Leodegario Lufriú Díaz (Avenida 39, no. 11219, entre 112 y 114, Marianao, La Habana) cuenta que de 2000 a 2009 funcionó junto a su casa un punto de venta de gas licuado. Y los camiones que llevaban la carga entraban hasta el área pavimentada que está entre la acera y el portal suyo. Ello generaba vibraciones intensas, que a la larga dañaron las dos columnas del portal y el techo de su sala.

Él hizo varias quejas telefónicas a las oficinas de la Empresa de Gas Licuado (EGL) en Marianao, y le respondían: «Cuando pongan el servicio de gas de la calle, el punto se trasladará a otro lugar y se reparará el local y su vivienda». El punto fue trasladado, y no hubo reparación.

Siguió reclamando, pues la EGL no asumía la reparación de su casa ni del punto. Entonces, las quejas eran presenciales en la oficina municipal del Gas. Tras ir allí muchas veces y sin respuesta, la directora de la oficina le propuso hacer un documento escrito, para ella tramitarlo en la Empresa. Este se entregó el 9 de agosto de 2019.

No llegó la respuesta. Al año, él pidió ayuda a la Fiscalía General de la República, y la EGL respondió: Se negó a reparar, alegando que había expirado el término para reclamar. Que las columnas del portal no se dañaron por los camiones, pues no hubo colisión con ellas. Que los camiones parqueaban en la calle y no en la acera. Que el portal estaba cercado, era imposible que tal daño lo generaran esos equipos, y las vibraciones agrietaran las columnas. Que era una edificación de más de 70 años, frente a la cual transitan otros vehículos que también provocan vibraciones.

«La respuesta de la EGL, dice, se hizo desde una oficina, nunca envió a mi casa a nadie a verificar. Y aunque envié la misma queja al Ministerio de Energía y Minas (Minem), recibí la misma respuesta».

Consultó con Atención a la Población del Consejo de Ministros (APCM) y le recomendaron solicitar un dictamen de daños y perjuicios a la Dirección Municipal de la Vivienda. Lo hizo, y el dictamen se le entregó el 13 de octubre de 2021, en él se precisaban todas las afectaciones causadas a su casa, los materiales para reparar y el precio.

Él preguntó por qué en el dictamen no aparecía el nombre del causante de los daños, y le dijeron que en el procedimiento de la Vivienda no se mencionaba el autor puesto que en la solicitud se entregó un expediente con las quejas a la EGL y las respuestas. Por ello, si el técnico emitía el dictamen solicitado se entendía que las afectaciones fueron provocadas por la EGL; pues de no entregarse el dictamen era que se consideraba que la solicitud no procedía. Además, el técnico que hizo el dictamen conocía perfectamente la penetración de los camiones a su propiedad, pues ellos trabajan por consejos populares y conocen al detalle los problemas.

El 27 de octubre de 2021 fue entregado a APCM el dictamen de daños y perjuicios, a más de que esa entidad tenía un expediente con las diversas quejas y respuestas brindadas, incluida la del Minem.

«El dictamen de daños y perjuicios, refiere, es el único documento que certifica quién tiene la razón en cualquier litigio, por vía de un procedimiento
administrativo o judicial; así como cuando la Empresa Eléctrica, entidad del mismo ministerio, daña los equipos eléctricos de un cliente y se comprueba la responsabilidad de aquella, es ella quien indemniza al usuario».

Él perseveró: El 27 de febrero de 2022 se publicó una queja suya al respecto en el periódico Tribuna de La Habana. «Y el 7 de marzo pasado, dice, por primera vez en 20 años, la EGL envió a mi casa dos compañeras de Atención al Cliente, quienes me solicitaron todos los documentos del expediente, junto a la propiedad de la casa. Revisaron la información al detalle. Observaron los daños y la coincidencia con el dictamen de daños y perjuicios. Y al final me informaron que, según lo verificado, yo tenía la razón e iban a informar a la EGL su opinión.

«El 18 de marzo regresaron con una respuesta de la EGL, que volvía a repetir la misma negativa. En ella se justifica que los daños a mi casa no se deben a  vibraciones provocadas por los camiones. Pero la EGL no está calificada ni autorizada a hacer evaluaciones del estado constructivo de mi casa; esa actividad solo compete a la Dirección de la Vivienda.

«La EGL, dice, no acepta el dictamen de daños y perjuicios emitido por Vivienda de Marianao, ni el informe emitido por el grupo de Atención al Cliente suyo. El Minem conoce el asunto y tiene todos los documentos tramitados por Atención a la Población del Consejo de Ministros, y su respuesta es la misma de la EGL. ¿Cuál institución del Gobierno debe exigir a la EGL que debe rectificar su posición?», concluye.

 

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