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Ordenanzas que la tierra y la mesa esperaban

La norma que hoy se publica entrará en vigor 180 días después de su aparición. Entre otras disposiciones, refrenda la posibilidad que tendrán los agricultores pequeños y las unidades productoras de adquirir tractores mediante contrato de compraventa

Autor:

Marianela Martín González

La Gaceta Oficial Extraordinaria de la República de Cuba publica este martes el Decreto-ley No. 2 de la Mecanización, el Riego, el Drenaje Agrícola y el Abasto de Agua para los Animales, el Decreto No. 21 referido al Reglamento que respalda el citado Decreto-ley, así como las resoluciones No. 498 y 499 del Ministro de la Agricultura.

Las disposiciones legislativas que se anuncian, y entrarán en vigor 180 días después de su publicación, amparan la Política para la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales, aprobada en septiembre de 2018, según informó este lunes en conferencia de prensa Mayra Cruz Legón, jefa de Política Agraria de la Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura (Minag), quien precisó que concentran en un solo cuerpo legal las disposiciones jurídicas relativas a la mencionada política.

La funcionaria significó como novedoso en lo aprobado la posibilidad que tendrán los agricultores pequeños y las unidades productoras de adquirir tractores mediante contrato de compra venta, cuando la superficie agrícola que gestionan justifique económicamente la adquisición de este bien.

Asimismo explicó que lo legislado plantea la sustitución gradual de los tractores y remolques que se usan en labores no agropecuarias por los medios de transporte destinados a las labores inherentes a las funciones de cada organismo, como es el caso de los servicios comunales, entre otros. También contempla la
sustitución gradual del bombeo con combustible diésel por sistemas con paneles solares fotovoltaicos, para el abasto de agua a los animales.

El marco legal que se publica dispone la concentración en las unidades prestadoras de servicios de los tractores de potencia media y alta, cosechadoras autopropulsadas, máquinas agrícolas de alto rendimiento y equipos especializados para la producción agropecuaria, así como el equipamiento para la construcción de caminos agropecuarios, el mantenimiento y reparación de viales, presas y micropresas y para las actividades de desmonte y agroforestales.

En lo concerniente a los recursos humanos y la aplicación de tecnología, la Jefa de Política Agraria de la Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura aseguró que la norma establece introducir en los ministerios de Educación y Educación Superior tecnologías de última
adquisición por el país, así como los resultados científicos del Instituto de Ingeniería Agrícola. Asimismo tiene en cuenta la captación de estudiantes de las especialidades de Mecanización Agropecuaria, y Riego y Drenaje.

Lo que ratifica la norma

Mayra Cruz Legón explicó que el marco jurídico contribuirá al incremento de la productividad, el ahorro de fuerza de trabajo y el uso de tecnologías modernas, y se da cumplimiento así al Lineamiento 164 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

Detalló que su contenido ratifica 12 principios, entre estos el papel rector del Minag del balance de las áreas bajo riego, así como la obligación de todos los sujetos de sistemas de riegos estatales, cooperativos, agricultores pequeños y no estatales de elaborar e informar anualmente lo previsto en ese balance.

Precisó, además, que lo normado corrobora que la explotación de la infraestructura hidráulica se incrementará utilizando técnicas de riego y equipamiento de abasto de agua eficientes para garantizar el uso y reciclaje racional del agua.

De igual manera ratifica que la rehabilitación de tractores, máquina agrícola, cosechadoras y equipamiento de riego se realizará en las instalaciones de las empresas provinciales de talleres de los sistemas del Grupo Empresarial de Logística del Minag y el Grupo Azucarero Azcuba.

Según dijo la funcionaria, la norma retoma que los balances de maquinarias se elaboran en las unidades productoras y empresas a nivel municipal y provincial, defendiendo la demanda y disponibilidad de tractores, máquinas e implementos agrícolas de acuerdo con las campañas,
a partir de los niveles de
actividades planificados y la carta tecnológica de cada cultivo.

Con eficiencia y competitividad

Por su parte, Rodovaldo López Valle, director de Mecanización, Riego y Drenaje del Minag, detalló lo concerniente al Decreto 21 Reglamento. Recalcó que corre a cargo de la industria nacional la fabricación de equipos, partes, piezas y accesorios, la cual se realizará a partir de las demandas presentadas anualmente por las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial.

Aseguró que lo reglamentado indica que la industria nacional garantizará la planificación y adquisición de las materias primas necesarias para dar respuesta a las demandas presentadas, así como incluirá en sus programas de desarrollo las inversiones que se requieran con la finalidad de mejorar las tecnologías de fabricación de manera eficiente y competitiva.

Comentó que la Política para la mecanización, el riego, el drenaje agrícola y el abasto de agua a los animales requiere de financiamiento que sobrepasa los mil millones de dólares, por lo que habrá que contar con proveedores y prestamistas diversos, entre estos la inversión extranjera.

Solo el 7,2 por ciento del área agrícola del país cuenta con algún sistema de riego. Para 2030 se prevé que un 30 por ciento sea irrigado. Con las 361 000 hectáreas que se beneficiarán para entonces, no solo habrá más comida en la mesa, sino también un mejor uso de los recursos hídricos, que ahora con los sistemas de riego ineficientes se dilapidan y colateralmente provocan daños al suelo.

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