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¿Quién puede ejercer el derecho al voto?

Juventud Rebelde responde preguntas frecuentes sobre las elecciones de delegados a las asambleas municipales del Poder Popular

 

Autor:

Juventud Rebelde

¿Quién puede ejercer el derecho al voto?

El voto es libre, igual, directo y secreto; cada elector tiene derecho a un solo voto. Los ciudadanos cubanos con capacidad legal para ello tienen derecho a proponer y ser nominados como candidato a delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular; elegir y resultar elegido en la forma y según los procedimientos fijados en esta Ley.

Para ejercer el derecho al sufragio activo, los ciudadanos cubanos deben haber cumplido 16 años de edad; encontrarse en capacidad de ejercer los derechos electorales que le reconocen la Constitución y la ley; tener residencia efectiva en el país por un período no menor de dos años antes de las elecciones y estar inscripto en el Registro Electoral. No pueden ejercerlo aquellos que por razón de su discapacidad tengan restringido judicialmente el ejercicio de la capacidad jurídica; estén inhabilitados judicialmente; y no cumplan con el requisito de residencia en el país previsto en esta Ley.

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