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Cinturón ¿en cintura?

Aunque no usar, o usar inadecuadamente el cinturón de seguridad ha sido una de las causas principales de alrededor del 25 por ciento de las defunciones causadas por accidentes de tránsito a nivel mundial, su importancia sigue asumiéndose con ligereza. Cuba inició campaña de concientización sobre el tema

Autor:

Ana María Domínguez Cruz

«Póngase el cinturón aunque sea por encima, para aparentar… Es un tramo corto, pero nadie sabe lo que puede pasar; aparece un policía donde menos se lo imagina».

No necesito la advertencia que me hace el conductor —y mucho menos aparentar—, pues como «botellera» profesional que he llegado a ser, sé que los segundos que requiere colocarse el cinturón de seguridad son una valiosa inversión para proteger mi vida, y que de no hacerlo estoy expuesta diez veces más a morir en un accidente de tránsito.

Se asombra el chofer, pues no son pocas las personas a las que les da un aventón diariamente, me dice, que ni se dan cuenta de que el carro tiene cinturón. «Sé que pueden ponerme una multa y ya sabe, los puntos hacen falta, pero a los pasajeros también pueden ponérsela, sin olvidar que es un medio de protección».

Conductores y pasajeros pecan por «olvidadizos», le digo, porque lo importante no es que un policía imponga la multa, sino el peligro que representa ignorar una herramienta eficaz en la prevención de las consecuencias de un accidente vial, con la que se reduce de un 40 a un 50 por ciento la probabilidad de mortalidad en los asientos delanteros y cerca de un 25 por ciento en los traseros.

¿Conocemos la manera adecuada de colocarnos el cinturón y las ventajas que esta acción reporta para nuestras vidas? ¿Cuáles son los artículos del Código de Seguridad Vial que regulan su uso y el proceder para enfrentar su incumplimiento? Las respuestas las halló JR en conversación con especialistas de la Dirección Nacional de Tránsito y de la Comisión Nacional de Seguridad Vial, quienes explicaron, además, que desde el pasado 5 de abril y hasta el próximo 21 se desarrollará una campaña de información y vigilancia, en la que se incluyen operativos de control, dirigida a elevar la conciencia en torno al uso del cinturón de seguridad.

De la historia a la legalidad

Dando marcha atrás en la historia —con el cinturón puesto—sabemos que los primeros aditamentos de seguridad pasiva de este tipo se ofrecieron como opción en algunos Ford de 1956.

Sin embargo, fue el ingeniero del fabricante sueco Volvo, Nils Bohlin, quien inventó en 1959 el cinturón de tres puntos, el que se montó por primera vez en serie como equipamiento estándar en vehículos de producción masiva en cada unidad del modelo Amazon de ese año. Una banda en la cintura a lo largo de la pelvis y otra diagonal en el pecho, abrochadas en el mismo punto de anclaje, conformaban el cinturón de seguridad que en poco tiempo se convertiría en la norma universal para todos los vehículos, incluido a partir de 1967 en los asientos traseros.

La invención de Bohlin fue reconocida como una de las ocho más significativas para la humanidad entre 1885 y 1985 por la prestigiosa Oficina Alemana de Patentes y Marcas. Los resultados que con el tiempo ha arrojado su uso desde que se declaró obligatorio en Australia, en 1971, y luego en el resto de los países, son la mejor prueba de su eficacia.

El uso del cinturón de seguridad no puede evitar un accidente, pero sí reduce la probabilidad de sufrir lesiones o incluso la muerte de los ocupantes del vehículo al impactarse, asegura la teniente coronel Teresa Albentosa, de la Dirección Nacional de Tránsito.

«No usar, o usar inadecuadamente el cinturón de seguridad ha sido una de las causas principales de alrededor del 25 por ciento de las defunciones a nivel mundial, resultado de lesiones provocadas por accidentes viales.

«Las personas no se percatan de que el uso del cinturón impide que la cabeza y la cara se golpeen contra el volante y el parabrisas y que los ocupantes se golpeen entre sí o salgan despedidos fuera del vehículo. Creen que lo importante es evitar la imposición de una multa y para hacerlo se colocan el aditamento de manera superficial, sin pensar en la protección que le niegan a sus vidas».

En Cuba, según establece la Resolución número 4 del Ministro del Interior, complementaria a la Ley 109, Código de Seguridad Vial, puesta en vigor en marzo de 2011, se exige el uso del cinturón de seguridad en los asientos delanteros de los vehículos ligeros importados desde el 2000, en los asientos traseros de los vehículos ligeros y en todos los del resto de los vehículos de motor importados desde el año 2009, así como en aquellos que cuenten con este medio instalado, sin importar su fecha de importación.

Solo el 35 por ciento del total de vehículos en el país, aproximadamente, tiene instalado el cinturón de seguridad, asegura el ingeniero Oscar del Toro Quesada, inspector general del Transporte y secretario de la Comisión Nacional de Seguridad Vial, y aunque carecemos aún de entidades especializadas en la producción, comercialización o reparación de este tipo de aditamento, no por ello debemos estar ajenos a su uso.

Refiere Albentosa que el artículo 84 de la Ley 109 establece que el conductor de un vehículo de motor está obligado a utilizar correctamente el cinturón de seguridad y exigir su uso a los pasajeros, quienes deben cumplir, además, con el numeral 1 del artículo 148 de la ley. Si incumplen con lo establecido, tanto conductor como pasajero pueden ser sancionados con la imposición de una multa, cuya cuantía es de 20 pesos, pero para el primero significa también la acumulación de seis puntos en su licencia de conducción.

«Lo más frecuente en las infracciones es que no se utilice el cinturón o lo use solo el conductor, y sobre todo que se haga de manera incorrecta. Se sanciona igualmente a quien lo lleve retorcido, sin ajustar bien, con el respaldo del asiento hacia atrás, por debajo del brazo sin utilizar los tres puntos, llevando niños sobre las rodillas o con la banda sobre objetos duros o frágiles, como espejuelos o bolígrafos, los que pueden incrustarse en el cuerpo ante un impacto.

La transportación de menores de dos años en el asiento trasero de los vehículos sin emplear medios de retención infantil o sin el acompañamiento de un adulto también está registrada como una infracción, específicamente del numeral 8 del artículo 102 de la Ley 109, agrega Albentosa, lo que equivale a una multa de 40 pesos y ocho puntos acumulados para el conductor.

«Está físicamente demostrado que a una velocidad de 60 kilómetros por hora, ningún brazo es capaz de retener a un niño de 18 kilogramos, y en caso de una colisión frontal, su peso puede llegar a ser incluso de más de una tonelada».

Los padres son responsables de sus hijos, añade la teniente coronel, y está claro que no deben llevarse tampoco en brazos en el asiento delantero, además de que deben crecer con el buen ejemplo de sus progenitores en cuanto al uso de los sistemas de seguridad de los vehículos, para que luego no reproduzcan conductas de riesgo.

Siempre seguros

«Con cinturón, siempre seguros es el eslogan de la campaña de información y vigilancia que desde el pasado 5 de abril y hasta el próximo 21 se desarrollará en el país, explica Del Toro Quesada, en la que se incluye además, la realización de operativos de control y especiales.

«Con llamados de atención, transmisión de mensajes educativos y la aplicación de notificaciones preventivas y multas a los infractores enfrentaremos el desconocimiento y el irrespeto de la legislación en cuanto al empleo de este tipo de aditamento en los vehículos que lo poseen, con el propósito de disminuir los riesgos que conlleva su no utilización. No obstante, será la toma de conciencia individual la que mejor protegerá nuestras vidas», acotó el funcionario del Ministerio de Transporte.

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