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Precisiones sobre el Cronograma Legislativo en Cuba

La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó en diciembre del 2019 el Cronograma Legislativo para su actual legislatura hasta abril de 2023

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En cumplimiento de la Disposición Transitoria Decimotercera de la Constitución de la República, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) aprobó el 21 de diciembre del 2019 el Cronograma Legislativo para su actual legislatura (hasta abril de 2023).

Su objetivo fundamental era la elaboración de las disposiciones normativas que deben desarrollar los postulados constitucionales, los Lineamientos aprobados en el VII Congreso del Partido y las propuestas legislativas de los órganos del Estado para el cumplimiento de sus funciones.

El Cronograma Legislativo estaba conformado en aquel momento por 39 leyes y 31 decretos-leyes, para un total de 70 disposiciones normativas.

En el año 2020 correspondía aprobar 14 leyes y 16 decretos-leyes,pero debido a las afectaciones causadas por la pandemia de la COVID-19, que incidieron fundamentalmente en que la Asamblea Nacional no pudiera sesionar con la periodicidad prevista, se aprobaron seis leyes.

El Consejo Estado, por su parte, mantuvo un funcionamiento más regular, que le permitió aprobar un total de 25 decretos-leyes, 11 planificados del Cronograma Legislativo y otros catorce 14 que fueron presentados en ese período.

 

 

 l.- Las leyes:

 

De las planificadas para el año 2020, quedaron pendientes de aprobar ocho leyes, que unidas a las otras 25 que conformaban el Cronograma Legislativo para el resto de la legislatura, hacen que aún queden por emitirse las 33 leyes siguientes:

  

ll.- Decretos-leyes:

El Consejo de Estado en el año 2020, aprobó del Cronograma Legislativo, los 11 decretos-leyes que se relacionan a continuación:

 

 

Del decreto-ley planificado para regular lo relativo a las Garantías Mercantiles, se derivaron dos, que son los últimos que se mencionan en la relación anterior.

Además, el Consejo de Estado, fuera del Cronograma Legislativo aprobó, como ya se mencionaba,  14 decretos-leyes:

 

 

De los decretos-leyes programados para el 2020, no se aprobaron cuatro, que junto a los 17 previstos para el resto de la legislatura, totalizan 21 decretos-leyes que aún están pendientes de aprobar por ese órgano. Estos son:

 

 

Respecto al decreto-ley sobre la Producción Industrial de Alimentos y Bebidas, el Consejo de Ministros decidió retirar la iniciativa legislativa, al considerar que su contenido podía regularse en un Decreto de ese propio órgano.

Por otra parte, los relativos a los derechos de Reunión y Manifestación; el Patrimonio Estatal; el de Ordenamiento Territorial, Urbanístico y la Gestión del Suelo, así como el de Protección de Datos Personales, se elevaron a rango de ley.

De igual modo, se acordó modificar el rango del referido a la comercialización de productos agropecuarios a decreto del Consejo de Ministros.

Por tal motivo, quedarían por implementar por medio de decreto-ley, los 15 restantes.

Ajustes del cronograma legislativo 

Al evaluar los resultados del primer año de aprobado y en atención a las prioridades que en esa actividad se demandan, la Asamblea Nacional del Poder Popular acordó un reajuste del Cronograma Legislativo el pasado 17 de diciembre de 2020.

Como expresara el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, en el discurso de clausura del VI Periodo Ordinario de Sesiones de la ANPP, celebrado en la fecha antes mencionada,esta modificación evidencia una mayor objetividad, fruto de las experiencias adquiridas desde su aprobación, y ratifica la invariable voluntad de perseverar en el propósito de poder contar con las normas jurídicas necesarias para implementar el nuevo texto constitucional y evitar a futuro cualquier vacío legislativo.

 

 

Para el período que resta de la actual legislatura (2021-2022), se prevé presenten a la Asamblea Nacional 26 leyes, y que el Consejo de Estado apruebe 29 decretos-leyes, quedando el Cronograma Legislativo conformado por 55 disposiciones normativas.

l.- Las leyes:

 De las 26 leyes que se proponen, 21 de las 33 pendientes se incorporan en la nueva programación, que son las siguientes:

 

 

 

Como se mencionó anteriormente, las tres últimas estaban previstas al inicio como decretos-leyes, pero teniendo en cuenta el contenido y alcance de los elementos que regula, se decidió que fueran leyes.

No se incluyeron en el nuevo reajuste de las 33 antes comentadas, las siguientes 11 leyes, en las que se acordó seguir laborando, a los efectos de, en algunas de ellas, contar con más experiencia en esos temas. Se propuso que la Asamblea Nacional las apruebe en la próxima legislatura.

 

 

ll.- Decretos-leyes:

Respecto a los decretos-leyes, de los 21 que estaban programados inicialmente, se mantuvieron 14 en el nuevo reajuste, estos son:

 

 

Se incluyen 15 decretos-leyes, que junto a los antes mencionados ascienden a un total de veintinueve 29.

 

 

A algunos de los decretos-leyes que estaban planificados en el Cronograma Legislativo inicial y que ahora no se incluyen, se les varió su rango normativo. En el caso específico del decreto-ley sobre contratación de fuerza de trabajo, se acordó pasarlo para la próxima legislatura.

*Por Yumil Rodríguez Fernández, vicepresidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional

 

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