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Protegen ostión de fondo del río Cauto

Establece Cuba veda temporal reproductiva para el ostión de fondo (Crassostrea virginica) y máximos de captura en temporada de pesca en estuarios del río Cauto

 

Autor:

René Tamayo León

LA captura de ostiones y su preparación en platos de la «alta cocina», para entremeses o en jugosos «picaditos» a base de tomate, limón, picante y sal, siempre acompañados de las inefables y refrescantes cervezas, es tradición en Cuba.

Poco se conoce, sin embargo, que una de estas especies, la Crassostrea virginica, conocida como «ostión de fondo», a penas comenzó a explotarse comercialmente en el Archipiélago a partir de 2007, cuando empezaron a reportarse sus hallazgos.

Hasta aquellas fechas el más extraído y demandado era el ostión de mangle (Crassostrea rhizophorae). De su primo había muy pocas referencias científicas, pero era solo un «vacío técnico», además de que el de mangle puede cultivarse artificialmente sin mayores dificultades (ostricultura), en lo que hay vasta experiencia en costas y estuarios de la Isla.

Más allá de las curiosidades «históricas», la especie Crassostrea virginica ha devino en «un recurso de gran importancia comercial» en Cuba, por lo que el Ministerio de la Industria Alimentaria (Minal) local recién decretó sus temporadas de veda anuales con fines reproductivos.

La decisión busca «establecer medidas de manejo para mantener la población en niveles que aseguren su productividad, de acuerdo con los principios planteados por el Código de Conducta para la Pesca Responsable» de la FAO, según se expresa en la resolución No. 79/2019 de la titular del Minal, Iris Quiñones Roja, publicada en la Gaceta Oficial No. 69 Ordinaria de 13 de septiembre de 2019 (en www.gacetaoficial.gob.cu).

La autoridad cubana según los establecimientos de la recién aprobada Ley de Pesca, instituyó veda temporal reproductiva para Crassostrea virginica en todo el territorio nacional, del 15 de abril hasta el 15 de junio, y del 15 de septiembre al 15 de octubre de cada año.

Fijó, además, una «talla mínima legal para la especie de 60 milímetros de largo total anteroposterior de concha», así como realizar «la extracción pesquera en el banco natural del río Cauto de Crassostrea virginica solo cuando la abundancia sea mayor o igual a doscientos ostiones por metro cuadrado».

La jefa de la cartera de la Industria Alimentaria también implantó «una cuota máxima de captura para el río Cauto de 327 toneladas anuales, quedando obligadas las empresas a detener la pesquería una vez alcanzada dicha cifra».

Ordenó así mismo que en la zona del río Cauto la especie «solo se explotará por la Empresa Pesquera Industrial de Granma y la Empresa Pesquera de Las Tunas».

La resolución No. 79/2019 del Minal cubano prohibió dañar los bosques de mangle durante cualquier actividad relacionada con la pesca del ostión de fondo.

Ostión de fondo, Crassostrea virginica. Foto: Revista Mexicana de Biodiversidad.

En «Identificación del ostión americano Crassostrea virginica (Mollusca: Bivalvia: Ostreidae) como recurso natural en las Antillas Mayores: Cuba», un artículo publicado por Abel Betanzos-Vega y colegas de Cuba y otros países de la región en la Revista Mexicana de Biodiversidad, el ostión u ostra de mangle Crassostrea rhizophorae  era considerada la única especie nativa de Cuba de la familia Ostreidae que se comercializaba en el mercado nacional.

No obstante, de acuerdo con pescadores ostrícolas y registros estadísticos de la Empresa Pesquera Industrial de Granma, a partir del año 2007 y de forma accidental se detectaron bancos naturales de ostión en el lecho del río Cauto, provincia de Granma, correspondientes a la especie Crassostrea virginica, la cual también se ha reportado para otras regiones de Cuba.

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