Acuse de recibo
Félix Agüero Valdés, quien reside en la calle Luz, No. 460, entre Egido y Villegas, en el municipio capitalino de La Habana Vieja, narra en su carta los sorprendentes tropiezos y molestias que experimentó con algo tan sensible como los servicios funerarios.
Refiere que el pasado 11 de junio, a la una de la madrugada, falleció el tío de su esposa. Y a propósito, él se personó a las 7:30 a.m. en la funeraria de 70 y
29-C, en el municipio de Playa, para realizar todas las gestiones del servicio funerario. Allí le comunicaron que el entierro sería a las cuatro de la tarde. Que era «el que quedaba».
A las ocho de la mañana, agrega, se coordinó con el transporte funerario para la recogida del cadáver en el domicilio del fallecido. Y el transporte llegó allí a las 12 y 45 de la tarde.
Al llegar a la funeraria y preguntar por el transporte para trasladar a los familiares hacia el cementerio, se le informó a Félix que el servicio de las 4:00 p.m. no tenía asignado ningún transporte, con la «justificación» de que era «adicional».
«¿Por qué se informa eso a esa hora?, cuestiona Félix. ¿Por qué se planifica un entierro sin al menos dos transportes para los familiares? ¿Por qué no se le da al familiar que se encuentra aquejado por la pérdida la posibilidad de elegir otro horario y otra opción?», pregunta.
Pero le llamó la atención que, en la propia funeraria, se le mostró una tarjeta de un transporte particular, que cobraba por el servicio de traslado 6 000 pesos.
«A veces hacemos daño cuando aceptamos callados las “traquimañas” que perjudican aún más al pueblo en servicios tan sensibles, señala. Un entierro a una familia humilde, revolucionaria y sencilla, que vive del trabajo de sus miembros, les ha costado 17 000 pesos: 5 000 en flores y 12 000 en transporte.
«Luego del mal momento pasado en la funeraria se pudo al menos resolver un transporte por parte de esta. No obstante, sirva la experiencia para revisar cómo se coordinan estos servicios por lo sensibles que son. Espero que esta queja sirva para que se revise a cada una de las personas y las acciones que se hacen, de manera que, al menos, se alivie en algo la carga y el sufrimiento que pueda sentir el familiar de un fallecido», concluye.
Se acorta también el plazo para responder aquí
La nueva Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas, aprobada por el Parlamento cubano, publicada por la Gaceta Oficial de la República de Cuba el 13 de diciembre de 2024, y en vigor a los 90 días de esa fecha, establece un plazo de 30 días para la atención y respuesta final a los demandantes.
Por lo tanto, les informamos a las instituciones y organizaciones estatales y gubernamentales que esta columna, en su futuro balance de este primer semestre de 2025, tendrá en cuenta ese plazo de 30 días a partir del 13 de marzo.
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