Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Trabajo infantil, una deuda social y moral con el futuro del planeta

En cifras globales se reportan al menos 160 millones de niños y niñas que están en situación de trabajo infantil

Autor:

Mileyda Menéndez Dávila

El 12 de junio se designa como Día Internacional contra el Trabajo Infantil, jornada que en este año se extendió por una semana, y aunque se puede hablar de logros, como la reducción del 16 al 9,6 por ciento de la población infantil mundial afectada por el fenómeno, es alarmante que uno de cada diez menores abandone estudios, o no los empiece siquiera, para vincularse a un trabajo no siempre remunerado, casi nunca legal y en la mayoría de los casos sin condiciones que garanticen salud y desarrollo posterior.

En cifras globales se reportan al menos 160 millones de niños y niñas que están en situación de trabajo infantil. Son más los varones de los que se tiene información, pero se sabe también que millones de niñas que ejercen trabajo doméstico para otras familias están ausentes en esos informes.

La mayor prevalencia es en países de bajo ingreso, sobre todo de África, Asia y Pacífico, según informes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero no escapan siquiera los países de altos ingresos, donde se reportan dos millones.

A nivel mundial, el gasto en protección social para la infancia promedia el 1,1 por ciento del PIB de las naciones, y en las africanas no llega ni a la mitad. Estudios de la Unicef y la OIR revelan que apenas una cuarta parte de la población infantil se beneficia con eso. Unos 1 500 millones de niños no cuentan con prestaciones monetarias familiares o infantiles, y buena parte de ellos trabaja en condiciones adversas para sobrevivir, a veces solo por el alimento propio y para otros integrantes vulnerables de la familia. Sin estrategias para mejorar esa protección o mitigar el incremento de la pobreza, otros 8,9 millones de infantes estarán trabajando a finalesde 2022.

En Cuba, el trabajo infantil está prohibido, y es penado por ley quien emplee a un menor de 17 años, edad que marca la capacidad para concertar contratos laborales según el Código del Trabajo. Solo se pueden contratar adolescentes de 15 o 16 años con consentimiento de sus padres o tutores en condiciones excepcionales, como haber finalizado estudios en la enseñanza profesional o de oficios, u otras razones muy justificadas.

En esos casos se aplica una protección especial, a la cual la citada ley dedica su capítulo V, en el que define la atención que debe recibir en cualquier sector, estatal o privado, a fin de lograr su mejor preparación, adaptación a la vida laboral y formación profesional, garantizándoles el disfrute de iguales derechos que los restantes trabajadores, jornadas de no más de siete horas diarias y no más de 40 a la semana.

Además, antes de incorporarse se le realiza examen médico para determinar si está apto física y síquicamente para el puesto, y no puede realizar labores «con nocturnidad, bajo tierra o agua, alturas peligrosas o espacios
cerrados, labores con cargas pesadas, expuestos a sustancias peligrosas, altas o bajas temperaturas o niveles de ruido o vibraciones perjudiciales para su salud y desarrollo integral».

Cuba, además, garantiza la protección social a familias vulnerables, con pensiones u otras ayudas socioeconómicas, y defiende la educación gratuita en todos los niveles, cuidando la retención escolar como indicador clave del desarrollo humano a tono con los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

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