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México despenaliza el aborto a nivel federal

El fallo de la Suprema Corte se enfoca contra cuatro artículos del Código Penal Federal (CPF) que aún mantienen sanciones de cárcel para las mujeres que recurren al aborto, en cualquiera de sus hipótesis, y tiene un carácter retroactivo, pues quien esté actualmente en prisión o sujeta a proceso acusada de violar esos cuatro artículos podrá recuperar su libertad

Autor:

Juventud Rebelde

La Suprema Corte de Justicia de México falló despenalizar el aborto a nivel nacional, lo que garantiza a todas las mujeres la posibilidad de poder acceder a una interrupción voluntaria del embarazo (IVE), sin ser criminalizadas ni tampoco los profesionales de la salud que realicen esta práctica, reporta Telesur.

El Tribunal, compuesto por 11 jueces, ha anunciado la decisión a través de la red social X (antes Twitter).

La Primera Sala de la SCJN ha declarado inconstitucional penalizar el aborto en el Código Penal Federal por «violar los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar".

Por su parte, GIRE, el grupo de defensa legal del derecho al aborto que ha ganado el amparo, ha celebrado la decisión en la misma red social. 

El amparo fue en contra de cuatro artículos del Código Penal Federal (CPF) que aún mantienen sanciones de cárcel para las mujeres que recurren al aborto, en cualquiera de sus hipótesis. Los efectos del fallo ordenan al Congreso de la Unión derogar estas disposiciones.

La trascendencia del fallo incluye el darle efectos retroactivos, es decir, que cualquier persona que esté actualmente en prisión o sujeta a proceso acusada de violar esos cuatro artículos del CPF, podrá recuperar su libertad.

«En tanto que se trata de normas de carácter penal, en términos de lo dispuesto por el artículo 14 constitucional, es procedente fijar efectos retroactivos en beneficio de aquellas personas que actualmente se encuentren procesadas o sentenciadas por este delito», añade el proyecto elaborado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.

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