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Informatización ordenada: Cuba emite diez nuevas normativas jurídicas

Un decreto-ley, dos decretos, un acuerdo del Consejo de Ministros y seis resoluciones son publicados este jueves en la Gaceta Oficial, destinados a respaldar la instrumentalización de la Política integral para el perfeccionamiento de la informatización de nuestra sociedad

Autor:

Yurisander Guevara

Por primera vez en Cuba se emiten normas jurídicas de rango superior que ordenan el proceso de informatización de la sociedad, según trascendió en conferencia de prensa efectuada en la sede del Ministerio de Comunicaciones (Mincom).

Así, este jueves la Gaceta Oficial de la República publica en su edición ordinaria número 45 de este 2019 un decreto-ley, dos decretos, un acuerdo del Consejo de Ministros y seis resoluciones, todos destinados a respaldar la instrumentalización de la Política integral para el perfeccionamiento de la informatización de nuestra sociedad aprobada en 2015, según explicó Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones del Mincom, quien destacó la importancia de potenciar la ciberseguridad en todo este proceso.

Normas al detalle

Las normas que hoy publica la Gaceta Oficial son:

1- Decreto-Ley No. 370 del 17 de diciembre de 2018 Sobre la informatización de la sociedad cubana. Esta es una norma jurídica de rango superior del país en materia de informatización, y busca elevar la soberanía tecnológica en beneficio de la sociedad, la economía, la seguridad y la defensa nacional, contrarrestar las agresiones cibernéticas, salvaguardar los principios de seguridad de nuestras redes y servicios, así como defender los logros alcanzados por nuestro Estado socialista.

2- Decreto No. 359 del 5 de junio de 2019 Sobre el desarrollo de la Industria de Programas y Aplicaciones Informáticas. La norma jurídica complementa el Decreto-Ley de informatización de la sociedad, ya que establece las regulaciones generales aplicables a la determinación del alcance de la Industria cubana de programas y aplicaciones informáticas para promover, perfeccionar e incrementar la producción nacional y las exportaciones de los productos de dicha industria, así como contribuir con la sustitución de importaciones.

3- Decreto No. 360 del 5 de junio de 2019 Sobre el establecimiento de la Seguridad de las Tecnologías de la Informatización y la Comunicación y la defensa del Ciberespacio Nacional. La norma complementa el Decreto-Ley No. 370 al regular el empleo seguro de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para la informatización de la sociedad, la defensa del ciberespacio nacional y establece la seguridad de las TIC y de los servicios y las aplicaciones que soportan, así como de las infraestructuras críticas de las TIC, con la finalidad de contar con una estrategia de fortalecimiento y sostenibilidad.

4- Acuerdo 8611 del Consejo de Ministros para la implementación de la Estrategia de Desarrollo de la Banda Ancha en Cuba. Este organiza, regula y traza las líneas para el desarrollo integral de la banda ancha nacional, que sirva de guía a las entidades nacionales y a la población, en el desarrollo, la explotación y utilización de los servicios de comunicaciones, así como encarga al Mincom con el control de su implementación.

5- Resolución 124 del 24 de junio de 2019 del Ministro de Comunicaciones que aprueba el Reglamento para las reglas de producción y evaluación de las aplicaciones informáticas nacionales. La norma regula las reglas básicas para la producción de programas y aplicaciones informáticas, la evaluación del proceso de desarrollo de estas y el proceso para la evaluación de la calidad de las mismas, solicitada por los desarrolladores o los comercializadores de productos nacionales o importados, o por cualquier persona interesada en adquirirlos.

6- Resolución 125 del 24 de junio de 2019 del Ministro de Comunicaciones que aprueba la inscripción de aplicaciones informáticas comercializables. La norma establece el sistema de inscripción de productos de software con el propósito de ordenar los procesos de producción y comercialización en la industria de programas y aplicaciones informáticas, así como ordenar, controlar, almacenar y mantener actualizada la información sobre estos productos existentes en el país.

7- Resolución 126 del 24 de junio de 2019 del Ministro de Comunicaciones que aprueba el Reglamento para el control de las redes informáticas. Regula las medidas de control y los tipos de herramientas de seguridad que se implementan en las redes privadas de datos, inscritas en el Control Administrativo Central Interno del Mincom.

8- Resolución 127 del 24 de junio de 2019 del Ministro de  Comunicaciones que aprueba el Reglamento sobre proveedores de servicios de hospedaje y alojamiento. Destinada a las personas jurídicas, la norma regula la organización, el funcionamiento y la expedición de licencias de operación del proveedor de servicios públicos de alojamiento y hospedaje en el entorno de internet en el territorio nacional.

9- Resolución 128 del 24 de junio de 2019 del Ministro de Comunicaciones que aprueba el Reglamento de seguridad de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Este reglamento complementa las disposiciones del Decreto No. 360 en materia de seguridad de las TIC y establece las funciones de los sujetos que intervienen en esta, así como garantiza con un respaldo legal que responda a las condiciones y necesidades del proceso de informatización de la sociedad.

10- Resolución 129 del 24 de junio de 2019 del Ministro de Comunicaciones que aprueba la metodología sobre la gestión de la seguridad informática en todo el país.

La entrada en vigor de todas estas normativas es este 4 de julio, y se derogan las normas jurídicas siguientes:

Acuerdo No. 5586 del Consejo de Ministros que aprueba los Lineamientos para el desarrollo en Cuba del Comercio Electrónico de 26 de diciembre de 2005.

Acuerdo No. 6058 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros que aprueba los Lineamientos de Seguridad de las Tecnologías de la Información de 9 de julio de 2007.

Resolución No. 127 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones (MIC) de 24 de julio de 2007, que aprobó el Reglamento de Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Resolución No. 33 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones, de fecha 24 de enero de 2008, que estableció el Sistema de Inscripción de Productos de Software, con el propósito de ordenar los procesos de producción y comercialización en esa industria.

Resolución No. 55 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones de fecha 9 de marzo de 2009, que regula la organización, el funcionamiento, registro y expedición de licencias de operación para los proveedores de servicios públicos de Alojamiento, Hospedaje y Aplicaciones.

Resolución No. 104 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones de fecha 16 de junio de 2011, que modifica la Resolución No. 55 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones de fecha 9 de marzo de 2009.

Resolución No. 192 del Ministro de Comunicaciones de 20 de marzo de 2014, que aprueba el reglamento para contrarrestar el envío de mensajes masivos dañinos a través de las redes de telecomunicaciones.

Impactos de estas normas

Miguel Gutiérrez López, director general de Informática del Mincom, Ernesto Vallín Martínez, director de Industria Informática, y Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones, también del Mincom, destacaron en la conferencia de prensa algunas ideas sobre la importancia de estas nuevas normas.

  • Las normativas promueven el desarrollo y la utilización de las TIC por personas jurídicas y naturales, para integrar y conducir los procesos asociados a la informatización de la sociedad.
  • Se establece para las personas jurídicas la actuación de la administración pública en la regulación, el desarrollo, el control y la fiscalización de las TIC.
  • Se promueve el desarrollo de parques científicos tecnológicos como parte integrante de la industria del software en Cuba, para aprovechar la infraestructura y el capital humano, y potenciar la vinculación de la investigación, el desarrollo y la innovación entre las universidades, los gobiernos locales, los productores de aplicaciones informáticas y los centros de investigación. Esto está en consonancia con la política promovida por el Estado que ha resaltado el Presidente cubano, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, durante las visitas gubernamentales a los territorios del país.
  • Se establece para las personas jurídicas la utilización prioritaria de aplicaciones de código abierto y de producción nacional, y se dispone la migración hacia estas plataformas en los Organismos de la Administración Central del Estado. Este proceso se realizará en los próximos tres años. Interrogados por Juventud Rebelde acerca de extender este proceso a otras entidades y, sobre todo, implementar programas de enseñanza sobre la base de software libre desde la escuela en los primeros grados, los directivos del Mincom aseguraron que se trabaja con los ministerios correspondientes para impulsar un plan en el que se inserte este tema en los planes de estudio durante los próximos años, así como la migración de más entidades estatales.
  • Se respalda legalmente la incorporación de las aplicaciones informáticas nacionales, a los dispositivos que se comercialicen en el país.
  • Se regula por primera vez para las personas jurídicas la validez de la firma digital, con el empleo de certificados digitales de la Infraestructura Nacional de Llave Pública. Esto es sumamente importante para una mayor transparencia en los procesos de gobierno y comercio electrónico, agilidad y seguridad de las transacciones y ahorro en sus costos, así como de ahorro de tiempo y validación de la autenticidad de la información.
  • Se establece la obligación de la protección de los datos personales en soporte electrónico.
  • Se resalta la importancia de la seguridad de las TIC, estableciendo un Decreto y una resolución para ello, actualizando el contenido de la actual resolución 127 de 2007 del MIC.
  • Se establece para las personas jurídicas la obligatoriedad del uso del antivirus nacional y la posibilidad de uno extranjero autorizado por el Mincom de ser necesario.
  • Se establecen las líneas para el desarrollo integral de la banda ancha nacional, basado fundamentalmente en tecnologías inalámbricas y el uso de la fibra óptica.
  • Se respalda e impulsa el programa de ciencia, tecnología e innovación de las TIC.
  • Se norma para las personas jurídicas el establecimiento de indicadores que permitan evaluar el impacto del proceso de informatización en la sociedad.
  • Se regulan para las personas jurídicas y naturales las contravenciones y los medios de impugnación de las medidas aplicadas.
  • Se dispone la obligación de inscribir en un control administrativo del Ministerio de Comunicaciones las aplicaciones informáticas que se destinen a la comercialización. Los trámites se realizarían a través de la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico.

Todavía quedan asuntos en el tintero, como la readecuación de la figura del programador de equipos de cómputo en el sector no estatal, por ejemplo. Si bien ahora se habilita el registro de aplicaciones informáticas para las personas naturales por parte del Mincom, quienes hoy no posean esta licencia del sector por cuenta propia no pueden comercializarlas. Los directivos del Mincom aseguraron que se trabaja en este ámbito, y que esta figura tendrá un reglamento específico, pues contribuye a la informatización de la sociedad.

La transversalidad y el dinamismo de la informatización y la ciberseguridad imponen el análisis periódico del marco regulatorio, por lo que su evaluación y modificación se realiza con sistematicidad, aseguró Wilfredo López Rodríguez. Quienes estén interesados en conocer a fondo las nuevas normativas pueden descargarlas en el sitio web de la Gaceta Oficial (www.gacetaoficial.gob.cu).

Con estas nuevas regulaciones continúa el impulso del proceso de informatización de la sociedad que, hasta el momento, se apoyaba en la Política aprobada en 2015.

Las normativas que hoy se publican también complementan las resoluciones 98 y 99 de 2019, dirigidas a ordenar las redes privadas de datos y los sistemas inalámbricos de alta velocidad en las frecuencias de 2,4 Ghz y 5 Ghz, las cuales entrarán en vigor el próximo 29 de julio.

Asimismo, el Mincom da cumplimiento a lo establecido en la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano y en las Bases del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030, que establecen que las telecomunicaciones y las TIC son un sector estratégico para el país.

De igual forma lo plantea el Lineamiento 108 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, que busca avanzar en el proceso de informatización de la sociedad según lo permitan las posibilidades económicas, sustentando este avance en un sistema de ciberseguridad que proteja nuestra soberanía tecnológica y asegure el enfrentamiento al uso ilegal de las tecnologías de la información y la comunicación.

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