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El «pasaporte» de las mascotas

Cuando una persona desea viajar al exterior con su animal de compañía, debe tener en cuenta las legislaciones sanitarias establecidas para ese procedimiento, reguladas a nivel internacional y según el país de destino

Autor:

Ana María Domínguez Cruz

A Puma, Lilo, Lya y Vincent les espera un largo viaje en los próximos días. Sus dueños no quieren separarse de ellos y por eso realizan los trámites necesarios para que puedan acompañarlos en sus travesías.

Así, la shar-pei Puma y el rottweiler Lilo, de 68 y 45 días de nacidos, respectivamente, llegarán a la nación africana de Angola en poco tiempo, y la pekinesa Lya arribará a Estados Unidos el mes entrante en los brazos de Maday Rodríguez, como un miembro más de la familia.

Teme Olga Tatiana González que su alaska malamute se estrese mucho durante el viaje a Canadá, donde le aguardará un frío intenso, pero por nada del mundo dejaría a Vincent, «porque es como un niño grande que hay que cuidar con cariño».

Estas mascotas no tienen conciencia de cuánto demorará su estancia en el avión, pero juguetean en presencia de esta reportera con las doctoras en Medicina Veterinaria Martha León Zamora y Ana María Pérez Borjas, quienes se esmeran en constatar su estado de salud físico y revisan su documentación y exámenes clínicos anteriores para confirmar que todo esté en orden.

En correspondencia con normas internacionales de control sanitario, Puma, Lilo, Lya y Vincent son objeto de inspección médica y en caso necesario hasta vacunados, pues su condición clínica no puede ofrecer dudas si el anhelo de sus dueños es mantenerse juntos durante un viaje al exterior.

¿Cuáles son los requisitos sanitarios indispensables para que una mascota pueda acompañar a su propietario al salir del país? ¿Qué trámites hay que realizar, a dónde dirigirse y qué valor se debe abonar? JR ofrece las respuestas a estas y otras interrogantes formuladas por algunos de nuestros lectores, a quienes sin dudas los distingue el amor por los animales.

Para ello, deben conocer la importancia del cumplimiento riguroso de lo legislado a nivel internacional en lo concerniente al desplazamiento de animales de compañía sin fines comerciales.

Personas y animales: ¿hasta el fin del mundo?

Viajar con una mascota no puede ser un simple deseo o un capricho, pues no pueden ignorarse las regulaciones sanitarias internacionales para su importación y exportación, y aquellas específicas que establece cada país según sus criterios y condiciones de salud.

No basta con solicitar un boleto y su pago a la compañía aérea, pues se debe contar en primer lugar con la documentación que avale el buen estado de salud del animal, emitida por los especialistas en Medicina Veterinaria autorizados para ello, quienes además deben valorar clínica y físicamente el estado de la mascota y cerciorarse del cumplimiento de los requisitos sanitarios según lo legislado en el país de destino.

No se trata de leyes que establece solamente Cuba para el desplazamiento de animales de compañía sin ánimo comercial, tema que debe ser del conocimiento de la población, precisa el doctor Leonardo Cabrera Rodríguez, jefe del Grupo de Cuarentena y Control de Comercio Internacional de la Dirección Nacional del Instituto de Medicina Veterinaria (IMV).

«Ningún país acepta una mascota proveniente de otra nación si su dueño no presenta la certificación sanitaria en correspondencia con sus requisitos, y así también sucede en el nuestro cuando arriba a cualquiera de nuestras terminales aeroportuarias un pasajero con su animal de compañía», agrega.

El doctor Alain Tarancón Roca, especialista del Grupo de Cuarentena y Control de Comercio Internacional del IMV, especifica que «al hablar de mascotas debemos regirnos por las regulaciones vigentes en Cuba y en la gran mayoría de los países, en las cuales se reconocen como tales a perros, gatos y hurones, y no a peces, aves, monos, serpientes u otros animales. La violación de esta especificación por algunos pasajeros ha sido la razón por la que se ha debido retener el animal en nuestro país o tramitar su reembarque».

Viajar a México, Brasil, España, Estados Unidos, Japón o Angola marca la diferencia en los trámites y requerimientos, pues algunas naciones establecen parámetros específicos para recibir mascotas, explica Cabrera Rodríguez.

El especialista exhorta a las personas que deseen viajar fuera de Cuba y llevarse consigo su animal de compañía, a que se dirijan a las clínicas Cuarentena y Almiquí, ambas en La Habana, o a las direcciones provinciales del IMV de cada territorio. Allí recibirán la orientación de especialistas en relación con los requisitos sanitarios que deben cumplirse, según la nación hacia donde se dirigen.

Las doctoras Martha León Zamora y Ana María Pérez Borjas brindan sus servicios en la Clínica de Cuarentena de La Habana, colindante con la Clínica Veterinaria de Carlos III José Luis Callejas, donde han atendido 928 animales de compañía, desde enero del año en curso y hasta la fecha.

«En los últimos años recibimos un mayor número de personas en la clínica, deseosas de viajar con sus perros y gatos, y la mayoría desconoce las regulaciones existentes, por lo que debemos ante todo informarles al detalle y orientarles en relación con lo que aún no han hecho y no deben dejar de hacer», comenta León Zamora.

El criterio sanitario que debe respetarse para la emisión del certificado oficial de exportación, sea cual sea el país de destino, exige la apariencia física saludable de la mascota desde el punto de vista clínico, la ausencia de heridas recientes o en proceso de cicatrización, la desparasitación interna y externa del animal, la aplicación del esquema de vacunación múltiple (pentavalente, sextavalente u octavalente) y contra la rabia, y en el caso de las hembras, la no proximidad a la fecha del parto si está gestante, detalla Pérez Borjas.

Las enfermedades infectocontagiosas son las que anularían la posibilidad de que una mascota viaje al exterior, y no el padecimiento de un tic nervioso, por ejemplo, o un problema de locomoción producto de un accidente, acota la especialista.

Si la persona y su mascota viajarán a algún país miembro de la Unión Europea, no basta con cumplir lo antes mencionado, pues el reglamento 998/2003 del Parlamento Europeo establece que para la introducción en uno de sus Estados miembros de animales de compañía provenientes de terceros países —denominación que incluye a Cuba—, además de estar vacunados contra la rabia, estos deben ser sometidos a una prueba serológica de control de la eficacia de la vacuna antirrábica aplicada, expone León Zamora.

«En estos casos el animal debe estar identificado por un microchip, que se implanta antes de extraerle la sangre, acción que debe realizarse al menos 21 días después de suministrarle la vacuna contra la rabia. Esa muestra de sangre se debe enviar a un laboratorio acreditado y autorizado para esta actividad en el país de destino, desde donde se emitirá el resultado de la prueba de cuantificación de anticuerpos antirrábicos, que posibilitará emitir nuestro correspondiente certificado de exportación para autorizar la salida de la mascota a la nación de destino», añade.

Es un procedimiento que debe cumplirse con rigor, por lo que quien anhele viajar con su animal de compañía a Europa, debe tener conocimiento de estas cuestiones y no apurarse en determinar una fecha de salida, aconseja Pérez Borjas.

Algunos países como Japón, China y Sudáfrica establecen requisitos poco comunes, de los que hay que informarse bien antes de comenzar el trámite, agrega León Zamora, quien especifica que en el caso de naciones de América Latina, estas exigen la legalización del documento por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Sección Consular de su embajada.

En relación con los requerimientos establecidos por Estados Unidos para el desplazamiento de animales de compañía sin fines comerciales, estos no difieren del criterio sanitario general ni contemplan pruebas clínicas específicas, acota Pérez Borjas. En general, las mascotas que van a Estados Unidos lo hacen con sus dueños cuando viajan de forma definitiva para residir allí, destaca.

Según León Zamora, viajan más los perros que los gatos. «La mayoría de las personas que recibimos aquí poseen perros; pero en el caso de los gatos, según el país de destino, debemos revisar lo legislado porque en algunos se exige la aplicación de las vacunas contra la leucemia y la triple viral felina, entre otras».

El certificado oficial de exportación que emitimos luego de cumplirse lo establecido, tiene una vigencia por 15 días, acota Pérez Borjas, aspecto que debe tenerse en cuenta cuando la persona desee tramitar el pasaporte y el boleto de viaje suyo y de su mascota.

«Desde 1995 solo se deben abonar diez CUC por este trámite, la misma cantidad que debe pagar quien arribe al país con una mascota, luego de la revisión de su documentación y la inspección física al animal. El costo del pasaje de la mascota no tiene que ver con nuestros servicios, pues está sujeto a las regulaciones de cada aerolínea, la que además establece las exigencias relacionadas con su transportación, ya sea en un bolso de viaje o en un guacal, según el peso».

—¿Existen de manera permanente en la red de clínicas veterinarias y tiendas especializadas del país, los medicamentos y vacunas indispensables para garantizar el buen estado de salud de una mascota y la emisión del certificado oficial de exportación?

—En nuestras clínicas veterinarias, como la capitalina de Carlos III, pueden adquirirse en moneda nacional los medicamentos y vacunas para realizarle la desparasitación interna y externa al animal.

«Las mayores dificultades las presentamos con el abastecimiento de la vacuna pentavalente que, con mayor frecuencia, se oferta en las tiendas especializadas en CUC, aunque en ocasiones se expende en nuestras clínicas en moneda nacional», comenta la doctora Marianela Altunaga, directora de Cuarentena de la Dirección Provincial del IMV en La Habana.

Léon Zamora afirma que no siempre cuentan con estos medicamentos y vacunas en la Clínica de Cuarentena, pero es un requisito indispensable aplicarlos para la emisión del certificado oficial de exportación, al que se le añaden las pegatinas acreditativas del medicamento, lo que también se verifica a la llegada de un pasajero al país con un animal de compañía.

Los especialistas del Servicio Veterinario de Frontera actúan en los aeropuertos internacionales de nuestro país, amparados en la Resolución 346/1986 del Ministerio de la Agricultura, en la que se establece el reglamento para la importación de animales, productos de origen animal, biológicos y materiales de cualquier origen susceptibles de causar perjuicios a la salud animal en el país, que traigan consigo los pasajeros que arriben al territorio nacional.

Teniendo en cuenta los cambios que pueden producirse en la situación zoosanitaria internacional, lo que implica un peligro para la salud animal en el territorio, el IMV podrá suspender cualquiera de las importaciones reguladas en el mencionado reglamento.

La doctora Idania Díaz, quien labora en la terminal 2 del Aeropuerto Internacional José Martí, así lo confirma: «Nuestra presencia en las terminales aeroportuarias es fundamental, porque somos el último eslabón de una cadena en la que todos trabajamos para evitar la salida del país y la llegada a otro de un animal enfermo.

«Además, cuando una persona arriba con su mascota debemos revisar la documentación emitida por la autoridad competente en su país de origen, que refleje el estado de salud de esta y su esquema de vacunación contra la rabia, requisitos establecidos por Cuba para su importación. Nos encargamos de verificarlo todo, examinamos físicamente al animal y, si todo está en orden, emitimos el certificado de liberación, lo que permite su entrada al territorio nacional».

En los últimos tiempos arriban a la Mayor de las Antillas muchas mascotas que acompañan a sus dueños durante su estancia vacacional, agrega la doctora Díaz. «Cuando sucede, debemos notificarlo a las instancias provinciales y municipales del IMV correspondientes, pues un especialista de nuestra entidad debe realizar una inspección sistemática del animal, al menos durante 15 días».

En caso de que el animal permanezca en el territorio nacional por más tiempo, razón por la que ya no se considera su estancia como tránsito, su dueño debe realizar el trámite sanitario indispensable para su salida del país, para lo cual se emite el certificado de retorno, precisa Pérez Borjas.

La Directora de Cuarentena a nivel provincial insiste en que este control sanitario a nivel internacional es esencial, al considerar que el 60 por ciento de los patógenos que hoy afectan a los humanos son de origen animal, y el 75 por ciento de las enfermedades animales pueden transmitirse al hombre.

Control sanitario para el exterior, ¿y hacia el interior?

¿Qué sucede con los animales que se importan al país, no ya en la condición de mascotas, como es el caso de los nuevos habitantes del Zoológico Nacional, procedentes de Namibia?

Las clínicas de Cuarentena de las direcciones provinciales del IMV no solo se encargan de los servicios de Medicina Veterinaria concernientes a la exportación de mascotas, pues el trabajo en el terreno es también esencial e incluye las inspecciones rutinarias que debemos realizar en los centros donde viven y se reciben animales, así como con la atención directa con ejemplares que hayan sido importados o vayan a ser exportados a nivel institucional, afirma la doctora Martha León Zamora.

«El Zoológico, la Federación Colombófila, el Acuario y la Asociación Nacional Ornitológica, entre otras entidades, requieren en ocasiones de importaciones de animales, previa autorización de la Dirección Nacional del IMV, por lo que nos corresponde evaluar entonces el área de cuarentena prevista para la recepción de esos ejemplares, la cual debe cumplir con los estándares internacionales de higiene, acceso al agua, seguridad y aislamiento necesario.

«Luego de aprobar el uso de esa área de cuarentena, procedemos a supervisar la atención que, a su llegada, se les debe dar a los animales importados por los especialistas de la entidad», asegura.

La doctora Ana María Pérez Borjas añade que el control sanitario se realiza también en el caso de que alguna institución cubana desee exportar algún animal, como ha sucedido con aves ornamentales y palomas mensajeras.

«Debemos avalar el buen estado de salud del ejemplar, tal y como sucede con las mascotas, pues el desplazamiento de animales con fines comerciales también está sujeto a regulaciones que deben cumplirse con rigor».

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