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¿Jubilación forzosa?

Hay cartas que lo dejan a uno boquiabierto, en un país donde los derechos de los trabajadores son sagrados y la legislación laboral muy precisa.

Tal es el caso de la de Leslie Chance, un trabajador que ha laborado durante 44 años como supervisor de calzado en la unidad La Bigornia, de la Empresa de Servicios Comerciales en Urbano Noris, provincia de Holguín. Leslie, quien reside en calle 20 número 1303, entre 13 y 15, en esa localidad, denuncia que el director de esa Empresa le comunicó el 5 de marzo que, de no presentar su solicitud de jubilación en mayo próximo, lo trasladaría a una plaza de menor remuneración.

Asegura el veterano que ese «análisis» se hizo delante del administrador de la unidad, quien junto a la jefa de Personal lo han estado presionando para que abandone el puesto de trabajo, «aduciendo que a mis 68 años ya debo retirarme».

Refiere que él está en perfectas condiciones físicas para seguir ocupando su plaza, y piensa jubilarse un día, «pero esa no es la mejor forma de persuasión. ¿Es esa la forma en la que debe tratarse a un trabajador que se ha mantenido tanto tiempo en su puesto, sin siquiera haber sido amonestado nunca? Las resoluciones del último Congreso sindical dicen todo lo contrario», sentencia Leslie.

La segunda carta es una respuesta de Hilda Arias, directora Comercial y de Mercadotecnia de ETECSA, a la queja reflejada aquí el 22 de febrero, de Ariel Pérez Becerra, vecino de Unión número 42, apartamento 13, entre 39 y Protestantes, Nuevo Vedado, municipio capitalino de Plaza de la Revolución.

Entonces Ariel denunció que el 10 de diciembre de 2005 presentó, en la planta de ETECSA sita en Panorama, la solicitud de traslado de teléfono para su actual dirección. Y desde entonces, no había respuesta. Le decían que en esa zona no había facilidades técnicas. Y para colmo, Ariel siguió recibiendo durante 14 meses la cuenta del servicio telefónico.

Aclara la funcionaria que el mismo día de la solicitud de Ariel, se gestionaron las facilidades. Y se recibió la respuesta del Área de Asignaciones el 10 de agosto de 2006, e inmediatamente se emitió la orden de servicio 3604 para la instalación.

La verificación arrojó que en tres ocasiones trabajadores de ETECSA trataron de instalar el servicio. «Desafortunadamente —afirma—, uno de ellos, al ir a instalar el servicio el 22 de diciembre de 2006, ordena incorrectamente que se cancele la orden, por estar interrumpido el par que tenía asignado...».

Al cancelarse la orden, y al no ser informadas las facilidades recuperadas en enero al área de Asignaciones, precisa, esta no tuvo en cuenta el traslado de Ariel, por lo que fue afectado hasta que se reveló su caso en Acuse de Recibo. Y se procedió a la instalación ese mismo día.

Asegura Hilda que se analizaron críticamente las causas del incorrecto proceder, «y se adoptarán medidas disciplinarias con los trabajadores implicados». Afirma también que los cargos facturados durante 14 meses a Ariel son improcedentes. Es a partir de la instalación del servicio que debe aparecer la cuenta.

La funcionaria se disculpa con el cliente por el maltrato recibido, y agradece la publicación de la queja, pues sirvió para evitar que tales casos se repitan.

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