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Renueva Cuba tarifas de los servicios aeronáuticos

El Ministerio de Transporte actualiza costes para los derechos de aterrizaje y estacionamiento, y el modo de facturación de los servicios de navegación aérea de entrada, tránsito o salida de aeronaves dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana

 

Autor:

René Tamayo León

EL Ministerio de Transporte de Cuba decidió un reajuste en las tarifas para los derechos de aterrizaje y estacionamiento de aeronaves en el país y para los servicios aeronáuticos.

También dictó el modo de facturación de los servicios de navegación aérea de entrada, tránsito o salida de aeronaves dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, acorde con la práctica internacional.

La medida entró en vigor con la publicación en la Gaceta Oficial de la República No. 57 Ordinaria de este 5 de agosto de 2019, de la resolución No. 251/2019, contentiva del acuerdo firmado por el titular del Ministerio de Transporte (Mitrans), Eduardo Rodríguez Dávila.

El titular explica en el documento que las tarifas anteriores «ya no responden a los requerimientos actuales que demanda la prestación de tales servicios», al remontarse a decisiones de los años 2006, 2007 y 2008 pronunciadas por el presidente del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba.

El primer resuelvo de la resolución dispone «que se facturen por vuelo los servicios de navegación aérea de entrada, tránsito o salida para todas las aeronaves que operen en la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, a partir de la entrada en vigor de esta Resolución».

También ordena que los «servicios de navegación aérea que se prestan a las aeronaves que sobrevuelan dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, se cobran» por las tarifas ahora establecidas, las cuales se «conforman a partir del peso máximo de despegue de la aeronave de acuerdo con el Certificado de Aeronavegabilidad y con un recorrido promedio de 500 kilómetros dentro de esa Región».

La resolución fija, además, las tarifas que se deben erogar por las «aeronaves que operan en la Región y aterrizan o despegan en uno de los aeropuertos cubanos y recorren hasta 500 kilómetros».

A las que superen la anterior distancia, se les incrementa en un veinte por ciento las tarifas, mientras que si realizan «operaciones de despegue y aterrizaje entre aeropuertos cubanos se les aplica un descuento del veinte por ciento».

Y se «exime del pago de los derechos por servicios aeronáuticos a las aeronaves de los Estados que hayan suscrito con el Estado cubano acuerdos de reciprocidad que concedan iguales beneficios a las aeronaves cubanas».

Sobre el pago de los servicios de navegación aérea, se establece que las entidades extranjeras los realizan en moneda libremente convertible a la tasa de cambio vigente en la República de Cuba para el peso cubano convertible.

La Corporación de la Aviación Cubana S.A., atendida por el Ministro del Transporte, es la responsabilizada de la ejecución y control de lo dispuesto. El Reglamento orgánico del Mitrans, emitido por la Resolución 1 dictada por el Presidente del Consejo de Ministros el 2 de septiembre de 2016, da al titular de esa cartera la facultad para aprobar los precios y tarifas de los servicios de la navegación aérea.

Cuba ocupa el quinto lugar en el control de operaciones aéreas en América Latina y el Caribe

En la región del Caribe, Centro y Sudamérica, Cuba ocupaba en 2017 el quinto lugar en cuanto a control de operaciones aéreas, según un reporte de la Agencia Cubana de Noticias (ACN) publicado el 10 de agosto de 2017 en www.cubadebate.cu.

Casi todo el tráfico proveniente de Centro y Sudamérica, con rumbo a la Florida y otros aeropuertos principales de Estados Unidos, debe pasar por encima del país, explicaba para aquella nota informativa Ricardo Martínez González, director de Operaciones de la Empresa Nacional de Navegación Aérea (ECNA).

La fuente precisaba que la mayoría de las naciones latinoamericanas no posee el tráfico de aeronaves de la Isla, y en el rango de crecimiento que pronostica la Organización de Aviación Civil Internacional, la mayor de las Antillas experimentaría en 2017 un alza del tres por ciento con respecto a 2016.

El especialista acotaba al medio de prensa que Cuba desde hacía un lustro rompió la barrera de las 300 mil operaciones anuales en materia de control de tráfico, y en 2017 podía superar la cifra de los 350 mil vuelos controlados (diariamente más de 800 y con picos que superaban los mil).

Señalaba también que en cuanto a navegación aérea, por encima de Ciego de Ávila sobrevuela el mayor número de rutas que atraviesan por los cielos de Cuba.

La compañía estadounidense American Airlines tenía el año pasado un 25 por ciento del total de operaciones diarias que recorrían el espacio aéreo isleño, en vuelos hacia diversos destinos, seguida de aeronaves corporativas y privadas.

La ACN comentaba que los controladores aéreos permiten garantizar la seguridad de las aeronaves que aterrizan, despegan y sobrevuelan el espacio nacional, auxiliados por una red de radares. Su función específica —añadía— es evitar colisiones entre los aviones, al garantizar el flujo directo, expedito y seguro de los vuelos.

El Anexo Único de la resolución No. 251/2019 del Mitrans describe los costes por los servicios aeronáuticos. La Tabla-1 recoge las tarifas por los servicios de navegación aérea que se prestan a las aeronaves que sobrevuelan dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana. La Tabla-2 recoge las tarifas que se deben honrar por las aeronaves que operan en la Región y aterrizan o despegan en uno de los aeropuertos cubanos y recorren hasta 500 kilómetros; si recorren más de 500 kilómetros, la tarifa se incrementa en un veinte por ciento, y si realizan las operaciones de despegue y aterrizaje entre aeropuertos cubanos, se les aplica un descuento del veinte por ciento. 

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