Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

Fiscalía cubana vela por protección a menores de edad ante la COVID-19

Las acciones del ministerio público se dirigen a profundizar en las causas del contagio y actuar legalmente contra los responsables en caso de detectarse incumplimientos en la protección de los infantes

Autor:

Luis Raúl Vázquez Muñoz

CIEGO DE ÁVILA.— La Fiscalía Provincial de Ciego de Ávila inició la implementación de las indicaciones de la Fiscalía General de la República para la protección de menores de edad enfermos con la COVID-19 o en condición de ser sospechosos de portar el nuevo coronavirus.

«En los últimos días se ven jóvenes en las calles en horarios y en actividades que violan lo dispuesto por la dirección del país y el Consejo de Defensa Provincial para frenar la expansión del virus, lo que indica que las madres, padres o tutores no cumplen con la responsabilidad de protección y los exponen a la enfermedad», señaló María Victoria Sifonte Ayup, Fiscal Jefa provincial.

En caso de comprobarse algún incumplimiento, añadió, esto significaría la violación de una serie de normas jurídicas en la protección de la infancia y la adolescencia; sobre todo la infracción de distintos artículos de la Constitución de la República.

Esas situaciones pudieran ubicar a los tutores legales como violadores del Decreto Ley 31 del 2021, que sanciona las infracciones sanitarias, o como autores del delito de otros actos que atenten contra el normal desarrollo del menor, lo que pudiera conducir a medidas penales, de comprobarse un mayor nivel de gravedad en sus actos.

Por esa razón, la Fiscalía General de la República de Cuba impartió una serie de indicaciones que orientan el trabajo conjunto de ese órgano con el Minint y las direcciones de las áreas de Salud y de Higiene y Epidemiología para la adecuada calidad de las investigaciones epidemiológicas en familias y zonas donde existió la infección de ancianos, niños y jóvenes menores de 18 años de edad.

La Ley 83, conocida por Ley de la Fiscalía General de la República, faculta al Ministerio Público a ejercer una especial protección sobre los derechos de los menores, al otorgarles a los fiscales la potestad de representar a los infantes, proteger sus bienes y derechos, controlar las instituciones que los acogen y actuar cuando se aprecie un quebramiento de la legalidad.

 

Quizá también te interese:

Ciego de Ávila vs. COVID-19: buenas y malas noticias

Comparte esta noticia

Enviar por E-mail

  • Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
  • No se admitirán ofensas, frases vulgares, ni palabras obscenas.
  • Nos reservamos el derecho de no publicar los que incumplan con las normas de este sitio.