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Colombia: Fallo judicial suspende provisionalmente posibilidad de consulta popular promovida por el Gobierno

El decreto presidencial permanecerá suspendido mientras se dirime la demanda interpuesta por doce congresistas, la mayoría de los cuales pertenece al partido Conservador 

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Juventud Rebelde

Bogotá, 19 jun (Prensa Latina) El futuro de la consulta popular decretada por el presidente de Colombia, Gustavo Petro, es hoy incierta después de que la Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos de esa norma al amparo de demanda, reporta PL.

De acuerdo con ese tribunal, la medida cautelar procede en aplicación del artículo 234 de la Ley 1437 de 2011, que permite detener temporalmente el curso del proceso de un acto administrativo cuando, según alegó esa entidad, «se advierte un vicio evidente».

La corte sostuvo que el Decreto 0639, que autoriza el ejercicio de participación ciudadana, fue expedido sin que mediara el concepto previo y favorable del Senado de la República, como lo exige el artículo 104 de la Constitución Política.

El Consejo de Estado consideró que, aun tratándose de mecanismos de participación ciudadana, es obligatorio obtener el pronunciamiento del Congreso como paso previo para llamar a la ciudadanía a las urnas.

Por lo tanto, el decreto presidencial permanecerá suspendido mientras se dirime la demanda interpuesta.

Si bien el fallo no entraña una proscripción a la consulta, por el momento detiene cualquier avance institucional para realizar unos eventuales comicios tales como la notificación a la Registraduría, la asignación presupuestal y la definición de calendario.

La demanda de la que tomó nota la corte fue interpuesta por doce congresistas, la mayoría de los cuales pertenece al partido Conservador, que es donde milita el presidente del Senado, Efraín Cepeda.

El ministro del Interior, Armando Benedetti declaró que no corresponde al Consejo de Estado tomar tal determinación sino a la Corte Constitucional, instancia a la que fue remitida el decreto.

De su lado, el jefe de Estado también afirmó que no corresponde a esa entidad determinar la inconstitucionalidad de la norma.

Aclaró en un mensaje divulgado en su cuenta de la red social X que una sala del Consejo de Estado suspendió transitoriamente su decreto, pero que en este punto la discusión ya no es jurídica.

«El Congreso tiene su última palabra después de llegados al resultado final», comentó en referencia al proceso de conciliación que ahora tiene lugar en el Legislativo sobre la reforma laboral.

El presidente Gustavo Petro firmó el pasado 11 de junio el decreto de convocatoria para la consulta popular impulsada por su Gobierno con el fin de introducir cambios en la legislación laboral del país.

Según explicó, como la votación ocurrida en el Senado el pasado 14 de mayo tras la cual se hundió la propuesta fue irregular y estuvo plagada de anomalías, era su derecho constitucional invocar el ejercicio de participación ciudadana.

No obstante, aclaró que, si se aprobaba una reforma laboral que recogiera los puntos que el Gobierno juzgaba como innegociables, el desistiría del aplicar el decreto.

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