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Feriado termina el domingo, aclara Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

El Código de Trabajo solo autoriza el traslado del descanso dominical correspondiente a días de conmemoración nacional

Autor:

Juventud Rebelde

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Cuba aclaró hoy el régimen laboral establecido durante las jornadas de celebraciones por el Día de la Rebeldía Nacional, el 26 de julio.

En una nota de prensa el organismo explicó que el Código de Trabajo (Ley 116), establece el 26 de julio como «día de conmemoración nacional», mientras que el 25 y 27 de julio son declarados como «días feriados».

Precisa el comunicado que el Código solo autoriza el traslado del descanso dominical correspondiente a días de conmemoración nacional, por lo tanto no corresponde ese tratamiento el 27 de julio, al tratarse de un día feriado, sin disposición legal que autorice dicho traslado.

En este contexto, el MTSS remitió a la ciudadanía a la consulta del artículo 111 del propio Código de Trabajo que detalla el régimen salarial establecido durante los días de conmemoración nacional y feriados.

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