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Urinario en la Audiencia

El doctor Rosendo Moreno, profesor titular de la Universidad Central de Las Villas, y residente en Paseo de la Paz 59, Santa Clara, denuncia una mancha que afeó los recién celebrados carnavales de esa ciudad.

Entre los sitios de los festejos, cuenta, tradicionalmente, está el Paseo de la Paz, frente al edificio de la antigua Audiencia de Santa Clara. Es una zona preferida por el Gobierno Municipal para instalar quioscos y demás elementos… Lo penoso es que la Audiencia se utilice inescrupulosamente como urinario. Y envía fotos de carnavaleros orinando en las paredes exteriores del edificio, a plena luz del día.

«Hace unos años que en los festejos no se colocan urinarios de ningún tipo, afirma, y las personas consideran ya normal esa práctica, que desdice mucho de la cultura y la decencia. Es tal la falta de respeto, que en días normales la (escuela) primaria que existe frente a la Audiencia, saca a los alumnos a realizar actividades en el parqueo. Si algún niño tiene deseos de orinar, hace lo mismo que ha aprendido de los mayores en tiempos de festejos».

Agrega que a raíz de proclamarse «la Audiencia» —como siguen llamándole los santaclareños—, como Monumento Municipal se informó que sería cercada y no se permitirían juegos ni actividades a su alrededor. Hace más de un año, comenzó una restauración del edificio (repello y pintura exterior), que incluso quedó inconclusa, sin explicaciones.

¿Habrá que hacer una audiencia para la Audiencia?

Reconoce INASS que no hubo celeridad

El pasado 24 de mayo, desde el barrio habanero de Alamar, Arnaldo Santos denunciaba las vicisitudes que sufría con la pensión de su madre, una impedida física: dada la limitación de su mamá, él poseía un poder que le permitía cobrarle mensualmente la pensión. Hasta el 2011, la renovación anual de la chequera se hacía mediante una «fe de vida»: un trabajador social visitaba a la pensionada y comprobaba que se mantenían las condiciones que fundamentaban el poder.

Pero en 2012, a inicios de abril, Arnaldo fue al Consejo Popular al trámite de renovación. Le dijeron que debía entregar un certificado diagnóstico al respecto. Él cumplió el paso, con la ayuda del médico de la familia. Y le dijeron que no era necesario registrar el certificado en el policlínico, por lo cual lo entregó a la gestora social, quien le orientó recoger el documento 15 días después.

A los 18 días, fue a recoger el certificado, y la gestora le dijo que este debía registrarse en el policlínico; pero ella personalmente lo haría, pues había varios casos. Él debía retornar el próximo día de atención. Desde entonces, Arnaldo había ido a la oficina en tres ocasiones, y la respuesta era que la directora municipal de Seguridad Social aún no lo había firmado ni le había puesto el cuño. «Próximamente serán tres meses sin poder cobrar, por un absurdo e irrespetuoso burocratismo», concluía el remitente.

Responde Marta E. Feitó, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social, que la chequera es un documento intransferible, y para autorizar a un tercero a que realice el cobro representando al pensionado, existen procedimientos.

En este caso, se utiliza la providencia, documento legal por medio del cual el director de la filial municipal del INASS autoriza a otra persona a representar al beneficiario, si este se encuentra incapacitado, lo cual se demuestra previamente mediante el aporte del certificado médico o resumen de historia clínica, no por comprobación o visita.

Precisa que Arnaldo entregó el certificado el 9 de mayo, el documento que lo autoriza a cobrar fue firmado el 16 del propio mes, y se le entregó el 21, por lo cual, el 23 de mayo, al salir la queja en JR, ya él tenía en su poder la chequera y el documento que lo autoriza a cobrar.

La demora en la confección y firma del documento, aclara, fue porque el certificado no se encontraba legalizado. Para ello, debió registrarse en el policlínico. La gestora de Seguridad Social no lo previó al inicio del trámite, luego se brindó para hacer lo que no le correspondía, y ello demoró la solución final en 13 días. La Directora de la filial no conocía de esa situación, y así lo informó al reclamante. De lo contrario, hubiera accionado y daba respuesta en un término más corto.

Lamenta las molestias ocasionadas, las que fueron motivadas por tres causas: la gestora recibió sin revisar un certificado que no estaba legalizado, se responsabilizó con un documento sobre el cual no tenía facultad para legitimar. Y no hubo celeridad en el proceso. Por ello fue amonestada.

Concluye que el caso fue circulado para análisis y reflexión en las filiales del INASS en el país, para que no se repita.

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