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La «mano visible» del Estado cubano

La aplicación de la Resolución No. 645/2017 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada este martes en la Gaceta Oficial, tiene que ser transparente, verificable, controlable y auditable, aseguró en conferencia de prensa Adalberto Carbonell Sotto, director general de Política Fiscal de ese organismo

Autor:

Yuniel Labacena Romero

Los procedimientos para la evaluación, certificación, fijación de precios, contabilización, financiamiento, tributos y control de las pérdidas y los daños en casos de desastres quedaron fijados en la Resolución No. 645/2017 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada este 19 de septiembre en la Gaceta Oficial No. 37 Extraordinaria.

Dicha norma jurídica, explicó Adalberto Carbonell Sotto, director general de Política Fiscal del MFP, toma en cuenta las decisiones adoptadas para la recuperación de los daños causados por los huracanes Sandy y Matthew, cuando afectaron al país, así como también una anterior Resolución —la cual se deroga ahora— que contenía un procedimiento similar y necesitaba de actualización.

La nueva resolución se aplica a partir de declararse las etapas de respuesta y recuperación ante situaciones de desastres, por la autoridad facultada para ello, y compete a las unidades presupuestadas, presupuestadas con tratamiento especial, empresas estatales, sociedades civiles y mercantiles de capital totalmente cubano, empresas mixtas, empresas de capital totalmente extranjero, cooperativas (agropecuarias y no agropecuarias), unidades básicas de producción cooperativa y otras formas de gestión no estatal.

Carbonell Sotto añadió que, como establece la Resolución, los presidentes de los Consejos de la Administración Provinciales o Municipales o de los Consejos de Defensa al mismo nivel, son responsables de asegurar la evaluación preliminar o rápida de los daños, en las primeras horas siguientes a la ocurrencia del desastre. Mientras que la evaluación complementaria se realiza en el término de hasta 30 días posteriores al desastre, prorrogable por estas mismas autoridades, cuando se requiera.

Explicó también que las autoridades mencionadas aprueban la certificación de la evaluación de daños que se realice, en la que se incluyen la tasación, gastos y pérdidas. Estas, dijo, son la base para confeccionar las evaluaciones de necesidades de la población.

Al referirse a la política de precios y financiamiento para los productos y servicios de impacto en la población, el Director General de Política Fiscal afirmó que dichas autoridades son quienes establecen los precios y tarifas máximos. Mientras que las decisiones del Gobierno Central sobre bonificaciones para la adquisición de los bienes y otros beneficios a los damnificados se respaldan por los presupuestos municipales, cuando corresponda.

«Todo lo que se haga a partir de la aplicación de esta resolución tiene que ser transparente, verificable, controlable y auditable, pues detrás hay grandes sumas monetarias», afirmó.

Formas de pago

—Bonificación: El monto del precio total de los productos y bienes entregados a los damnificados es asumido por el presupuesto del Estado.

—Efectivo: Cuando la persona natural asume el pago con sus propios recursos.

—Crédito bancario: Cuando la persona natural no tiene suficientes recursos propios para asumir el pago en efectivo y sí tiene capacidad de pago para solicitar un crédito bancario.

—Efectivo y crédito bancario: Cuando la persona natural asume el pago con recursos propios y con crédito bancario.

—Bonificación y efectivo: Cuando la persona natural asume con sus propios recursos el importe restante que no es cubierto por la bonificación general aprobada.

—Bonificación y crédito bancario: Cuando la persona natural, al tener capacidad de pago, solicita un crédito bancario y con este asume el importe restante que no es cubierto por la bonificación general aprobada.

—Bonificación, efectivo y crédito bancario: Cuando la persona natural asume el pago con recursos propios y con crédito bancario el importe no cubierto por la bonificación general aprobada.

—Subsidio: Es cuando la persona natural carece de solvencia económica, protegida o no por la asistencia social, y está interesada en adquirir los productos y bienes que se entregan a los damnificados.

¿Qué dice el Banco?

Francisco Mayobre Lence, vicepresidente del Banco Central de Cuba, explicó que su entidad tiene establecido un grupo de normativas para el tratamiento de las situaciones de desastres en relación con los créditos que se otorgan a los damnificados. La Resolución No. 65/2016, dijo, establece los principios de créditos; sin embargo, cada vez que ocurre un evento se hacen precisiones a partir de las indicaciones que da el Gobierno.

En esta oportunidad, por la cantidad de territorios dañados, participarán en el otorgamiento de créditos los bancos de Crédito y Comercio, Popular de Ahorro y Metropolitano, con presencia en La Habana, apuntó el directivo, quien añadió que los créditos se otorgarán a los damnificados a partir de 300 pesos en un plazo de amortización de hasta 15 años y con una tasa de interés de un 2,5 por ciento.

Recordó que se aprobó un proceso de restructuración para aquellas personas damnificadas que tengan adeudos bancarios —relacionados, por ejemplo, con la entrega de equipos de la Revolución Energética u otros créditos de la nueva política bancaria que se aplica—: se puede, en el primero de los casos, llegar a aplazar hasta cinco años más la forma de pago, y en el segundo disminuir la tasa de interés y alargar los plazos de amortización.

Política tributaria

A las cuotas tributarias de quienes se desempeñan en el trabajo por cuenta propia también se dedica gran parte en la Resolución del Ministerio de Finanzas y Precios. Detalla que los presidentes de los consejos de defensa municipales eximen del pago de las cuotas tributarias por un período de uno a tres meses a las personas que se dedican a esta nueva forma de gestión imposibilitadas totalmente del ejercicio de sus actividades, ante la ocurrencia de desastres.

También se explica que las cuotas tributarias se disminuyen hasta un 50 por ciento, por igual período de tiempo, cuando haya sido afectado parcialmente el ejercicio de las actividades.

Para aplicar estos beneficios se determinan las actividades, zonas o consejos populares, período de tiempo y el por ciento en que se debe eximir o reducir el pago de las cuotas tributarias, considerando las afectaciones específicas en el territorio. Si se requiere extender estos beneficios a más de tres meses, entonces los presidentes de los Consejos de Defensa Provinciales (CDP) lo deben solicitar al Ministro de Finanzas y Precios.

Añade la Resolución que los CDP pueden aprobar exenciones o bonificaciones en el pago de los impuestos a las ventas y servicios de los trabajadores por cuenta propia y para ello toman en cuenta la magnitud de los daños provocados por el desastre y los impactos de las medidas aprobadas de establecimiento de precios y tarifas máximos. Expresa también que estos beneficios fiscales se adoptan con carácter general o para determinadas actividades, zonas o consejos populares, y para períodos de tiempo diferenciados.

Los CDP, con base en la ejecución de los presupuestos locales y la situación económica y financiera de las zonas afectadas y de los contribuyentes, pueden aprobar la extensión de los términos de pago de las obligaciones tributarias y no tributarias al Presupuesto del Estado. Mientras que la ONAT en los municipios afectados puede aprobar aplazamiento de pago sin los intereses de aplazamiento.

Flujo de atención al damnificado en el punto de trámites

Zona de Defensa

• Se confecciona la ficha técnica por el técnico de la vivienda. (se clasifica el tipo de afectación del hogar y se detallan los recursos que requiere el damnificado, según los daños identificados.

• Se emite el certifico de damnificado con número consecutivo, cuño y firma del presidente de la zona de defensa.

Oficina de Trámites

• Está compuesto por representantes de Trabajo, Banco, Vivienda, Comercio y Finanzas.

• Entra el damnificado y con la documentación requerida (Ficha Técnica, Certifico y Carné de identidad) se dirige a las mesas de los técnicos de la vivienda, quienes asientan sus datos en el Registro de damnificados.

• El damnificado pasa a la mesa donde está el representante de Comercio, quien complementa las columnas de precios y realiza el cálculo del importe a pagar por cada renglón y total. (Debe mantener información actualizada diariamente con el punto de venta de la zona de defensa).

• Con la ficha técnica ya calculada el damnificado se dirige a la mesa del representante de Finanzas y Precios, quien define con el damnificado la forma de pago:

—Si es en efectivo: El damnificado puede dirigirse de inmediato con toda la documentación al punto de venta asignado para formalizar la compra de los materiales asignados.

—Si es crédito: El damnificado se dirige hacia la mesa del Banco, donde se formalizan los trámites para el otorgamiento de crédito, según capacidad de pago.

—Si es subsidio: El damnificado se dirige al representante de Trabajo del puesto de dirección de la zona de defensa, quien valora y de proceder lo propone al Consejo de la Administración Municipal, que a su vez lo somete a su aprobación en un término no mayor de 24 horas después de ser presentado. Se emite el certifico, según los procedimientos vigentes.

Punto de Venta

• Recibe al damnificado (debe haber un representante de Vivienda) para realizar  los ajustes operativos que procedan en la ficha técnica).

• El administrador revisa la documentación del damnificado (Certifico, Ficha Técnica, Modelo Forma de Pago y Carné de Identidad —no puede tener enmiendas ni borrones—) e indica la entrega de los recursos en la cantidad y surtido especificado, mediante facturas.

• El Punto de Venta elabora expediente por Damnificado y archiva la documentación, separada por Consejo Popular y clasificación por forma de pago, según los procedimientos vigentes.

Existe la propuesta de estructura de un puesto de dirección en el Consejo Popular para atender a los damnificados. El mismo está integrado por el jefe del Puesto, trabajador social, representante de Comercio, Vivienda y Joven Club de Computación y Electrónica. Este Puesto tiene además una oficina de trámites y puntos de venta.

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