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Tolerancia cero a la trata de personas y otras formas de abuso sexual

Presentan quinto Informe nacional sobre el enfrentamiento jurídico-penal a estos delitos. En 2012 fueron juzgadas 241 personas por proxenetismo. Siete extranjeros privados de libertad por corrupción de menores

Autor:

René Tamayo León

El Gobierno cubano mantiene una política de tolerancia cero a la trata de personas y, en particular, al abuso sexual contra mujeres, niñas, niños y adolescentes, señala el Informe nacional 2012 sobre el enfrentamiento jurídico-penal a la trata de personas y otras formas de abuso sexual.

Revelado la víspera, en el documento se da a conocer que el pasado año fueron juzgadas en territorio nacional 241 personas por el delito de proxenetismo, y siete extranjeros están privados de libertad por el delito de corrupción de menores, asociado al abuso sexual infantil.

El escrito fue presentado a la prensa nacional y extranjera por María Esther Reus, ministra de Justicia, quien ratificó que la Isla «no constituye un país de origen, tránsito o destino de la trata de personas».

La publicación del quinto Informe nacional sobre el tema cumple compromisos de la Convención de Palermo y con uno de sus protocolos, en este caso el de prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, ratificado por el país en junio pasado.

Durante 2012 «los hechos de abuso sexual contra niñas y niños mantuvieron niveles ínfimos», se informó. Con una población total de 2 260 751 personas hasta 16 años de vida (que marca la mayoría de edad en Cuba), el pasado año se registraron denuncias que involucraron como víctimas a niñas y niños, equivalentes a un 0,09 por ciento de la población infantil, lo cual —apunta el Informe— confirma «que tales manifestaciones no constituyen un problema social en nuestro país».

Las denuncias anteriores se asocian «a delitos conceptuados como contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales, de la familia y de la infancia y la juventud».

De los procesados por delitos que el Código Penal cubano tipifica como proxenetismo y corrupción de menores, solo en nueve casos —en los que fueron sancionadas 14 personas— se observaron conductas definidas como delito de trata de personas.

Cuba protege

El Informe ratifica que desde el mismo inicio de la Revolución se implementaron programas de dignificación a las mujeres, niñas y niños, y se estructuró el ordenamiento jurídico e institucional para ello.

Los delitos y comportamiento de este tipo —añadió la ministra María Esther Reus— son asumidos con políticas de prevención y enfrentamiento a partir de un sistema integrado de instituciones y organizaciones de la sociedad civil.

Se suma el «rechazo mayoritario de la población a las conductas delictivas que involucran a niñas y niños», lo que propicia la denuncia de esos hechos y «la generalizada participación popular en las acciones que se ejecutan para su combate».

La Federación de Mujeres Cubanas (FMC), por ejemplo, dispone de 173 casas de orientación a la mujer y la familia, que mantienen gran protagonismo en la «implementación de programas encaminados a promover la igualdad de derechos y género». El año pasado 2 480 personas acudieron a estas por casos de violencia.

El Informe de Cuba también subraya que en el sistema educacional se aplica un «programa de educación sexual con fuerte componente ético y en la formación de valores para prevenir el ejercicio de la prostitución».

Sobre el turismo, se señala que el Ministerio de Turismo (Mintur) aplica medidas para «impedir el turismo de sexo en sus instalaciones» y demanda a las contrapartes extranjeras observar estas regulaciones.

La promoción desarrollada para el turismo «excluye el uso de la imagen de la mujer como objeto sexual y se potencia como política el turismo familiar, para lo cual se estableció la estancia gratuita de los menores de 12 años de edad».

El Informe nacional a la Convención de Palermo agrega que para la «atención a niñas, niños y adolescentes con trastornos de conducta o comisores de actos que la ley tipifica como delitos, existe un sistema despenalizado de tratamiento diferenciado» del que forman parte el Ministerio de Educación y la Dirección de Menores del Ministerio del Interior.

El Informe 2012 está disponible en versión digital en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.cubaminrex.cu).

Sin impunidad

En 2012 la justicia cubana procesó nueve casos —todos detallados en el Informe— donde se observaron conductas definidas como delito de trata y que condujeron a la sentencia de 14 personas.

La causa 276 de 2012 (sentencia 373/2012), por ejemplo, versó sobre proxenetismo. El sancionado, que recibió 15 años de privación de libertad, facilitaba contactos con extranjeros a una prostituta a cambio de dinero. En una oportunidad en que la víctima no pudo cumplir con la entrega porque el cliente no efectuó el pago, el sancionado la amenazó con asesinarla a ella o a sus hijos.

En la causa 141 de 2011 (sentencia 73/2012) se procesó a tres personas por el delito de corrupción de menores.

Asunto de máxima importancia

La atención al fenómeno de la prostitución constituye un problema de máxima importancia para el Estado y la sociedad civil cubanos, señala el Informe sobre el enfrentamiento jurídico-penal a la trata de personas y otras formas de abuso sexual (2012).

Se priorizan la labor de persuasión y convencimiento sobre las mujeres vinculadas a esa actividad y se trabaja en identificar sus causas, para eliminarlas. Al respecto «se canalizan las necesidades de empleo, la incorporación al estudio y otras alternativas, al tiempo que se potencia el rechazo social a la figura del proxeneta y se protege a las víctimas».

En una caracterización sintética del fenómeno de la prostitución y el proxenetismo en el país, el Informe señala que:

—La mayoría de los hechos enfrentados no califican como delito de trata de personas, en correspondencia con lo refrendado en los instrumentos internacionales vigentes, como el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, de la Convención contra el Crimen Transnacional Organizado del 2000 (Convención de Palermo).

—En el caso de Cuba no es común el empleo de la amenaza, la coacción u otras formas de intimidación para desarrollar estos actos ilícitos, requisitos necesarios para que se tipifique la trata de personas según establece el Protocolo. Nuestra realidad difiere de otras naciones, donde la explotación sexual de adultos, niñas y niños está asociada a redes criminales que los mantienen en condiciones de semiesclavitud, de las que muy pocas víctimas consiguen escapar.

Colaboración internacional

Cuba ha suscrito y ratificado los principales instrumentos internacionales sobre la trata de personas y otras formas de abuso sexual. Sostiene 53 acuerdos bilaterales de asistencia judicial: 23 de asistencia jurídica en materia penal, 19 sobre traslado de sancionados y 11 de extradición. El país también está integrado a la Red Iberoamericana de Cooperación Judicial Internacional, que facilita el intercambio de datos e informaciones sobre casos penales y civiles en trámite.

Como parte de la cooperación con servicios policiales extranjeros y la Interpol, el Ministerio del Interior brinda seguimiento y control a las personas identificadas o que son objeto de búsqueda internacional por vincularse a la pedofilia, el proxenetismo u otros delitos sexuales, en especial aquellos que afecten a menores de edad.

Según informó la Ministra de Justicia, también hay colaboración con Canadá —principal país emisor de turismo a Cuba—, Reino Unido y otros países.

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