Juventud Rebelde - Diario de la Juventud Cubana

El caso de los Cinco: ¿Qué es la Ley en Estados Unidos?

Autor:

Juventud Rebelde

Hace unos días, luego de leer un interesante artículo de un prestigioso erudito del Derecho constitucional norteamericano («To say what the Law is», de A. E. Dick Howard) me preguntaba ¿cómo pueden haber fallado tantos actores en el proceso judicial de los Cinco?

Como se sabe, en todo juicio, además de los acusados, hay varios actores, así tenemos: la Fiscalía y la Defensa, el Juez o Tribunal, y, en el sistema judicial norteamericano, el Jurado.

Un Jurado prejuiciado, fruto de la única ciudad donde no debió haberse celebrado el juicio, influenciado más aún por la mala actuación de la Fiscalía y prácticamente sin control ante la debilidad de la Jueza, dictó aquel veredicto de culpabilidad que abrió las puertas a la imposición de injustas y exageradas sentencias que hoy cumplen nuestros hermanos.

La Fiscalía, como representante del Gobierno de Estados Unidos, tenía desde el principio una clara misión: politizar el juicio, llevar el debate al típico planteamiento de la novelística y la cinematografía en el clásico «western» norteamericano, «los buenos contra los malos».

No hace falta ya tener acceso al «récord», o expediente del proceso, para darse cuenta de esta indigna actuación; no es necesario detenerse en los argumentos que han expuesto los abogados de la Defensa señalando varias veces la violación de la Ley por el representante del Ministerio Público. Estas fuentes podrían parecer parciales. Por ello prefiero acudir a lo expuesto por los experimentados jueces Birch y Kravicht en su voto particular que dignamente incluyen en la sentencia del 9 de agosto de 2006, cuando señalan:

«Durante los argumentos de clausura, el gobierno formuló varios comentarios que fueron objetados por los demandados. Planteaba que el gobierno cubano tenía mucho en juego con el resultado del caso y que los miembros del Jurado «abandonarían su comunidad» a menos que condenaran a los «espías» cubanos enviados a destruir a Estados Unidos».

Más claro ni el agua. Se les dice por el Gobierno a los ciudadanos norteamericanos que integran el Jurado que si no condenan a aquellos «espías» habrían actuado contra su Patria (abandonarían su comunidad). ¿Quedaría después alguna posibilidad para una decisión autónoma e independiente?

Continúan los jueces destacando las violaciones de la Fiscalía, mientras señalan en diez ocasiones las páginas del «récord» donde consta escrita la manifestación oral, para no dejar lugar a dudas, y más adelante concluyen sobre el mismo tema enfatizando que los abogados que representan al gobierno llevan la carga de la obligación de representarlo celosamente y tienen la ineludible obligación de ser justos con los acusados, incluyendo el deber de abstenerse de emplear métodos impropios calculados para producir una sentencia errada. «Un juicio puede resultar fundamentalmente injusto por el uso de la Fiscalía de teorías contradictorias sobre los hechos».

Todas estas expresiones de los dos jueces de Atlanta, son sentencias anteriores aplicables al caso, constituyen «Derecho aplicable» de acuerdo con el sistema del precedente judicial norteamericano, y para reafirmar su valor jurídico como Ley aplicable al caso, los jueces dejaron constancia del precedente de donde provienen («US. vs. Wilson, 1998»; «US. vs. Crutchfield, 1994» y «US. vs. Groose, 2000»).

Sin embargo la Ley no fue aplicada; se violó una vez más en el caso de los Cinco el precedente judicial y con él la Quinta enmienda de la Constitución que consagra «el debido proceso legal».

¿Será esa la Ley en Estados Unidos?

Actualmente se levantan voces en la mejor doctrina del Derecho norteamericano, reclamando el papel rector de los tribunales como guardianes del ordenamiento constitucional. Los derechos tutelados por la quinta y la octava enmiendas (el debido proceso legal y la prohibición de penas crueles e inusuales) están en precario, tal vez como nunca antes en la historia judicial norteamericana, ante la barbarie evidente en las cárceles del imperio en la ilegal base que mantienen en Guantánamo.

Se dice que los forjadores de la Constitución determinaron que la carta constitucional sería la Ley fundamental de la nación, y que las leyes que de ella emanen a través del precedente judicial, debían mantener el significado original asignado como Ley suprema del país, aumentando ahora, por la tradición del precedente, el significado del Derecho que garantice la libertad y los derechos individuales tanto frente a actuaciones indebidas en los Estados como del gobierno federal. Se reclama una actuación vigorosa y enérgica en ese sentido.

Los abogados de la Defensa «cargan sus armas», con renovados argumentos legales que ponen de manifiesto la violación del precedente judicial, y la injusticia, para la nueva batalla que ha de librarse en Atlanta. Mientras, renombrados juristas, destacados profesores, hombres de ciencia, del arte, de la cultura, intelectuales y artistas, se suman al movimiento popular que se mueve ya en 99 países reclamando la libertad de los Cinco, condenados injustamente al margen de la Ley.

Solo así habría Ley, literalmente hablando, en Estados Unidos.

Comparte esta noticia

Enviar por E-mail

  • Los comentarios deben basarse en el respeto a los criterios.
  • No se admitirán ofensas, frases vulgares, ni palabras obscenas.
  • Nos reservamos el derecho de no publicar los que incumplan con las normas de este sitio.